Por José Antonio
Varela Vidal
Como es sabido por
todos, el santo padre Benedicto XVI inauguró ya el Año de la fe, el cual será
un tiempo excepcional para estudiar, celebrar y hacer nuevos propósitos
pastorales-misioneros. El calendario de actividades es amplio y el papa mismo
se encontrará con los diversos sectores de la sociedad, del diálogo ecuménico y
de la Iglesia
católica que peregrina en el mundo.
Durante este periodo
--que va del 11 de octubre de 2012 al 24 de noviembre de 2013--, los creyentes
podrán adquirir una “Indulgencia plenaria” de la pena temporal que permanece de
sus propios pecados, o hacerlo también a favor de los difuntos. Los enfermos
pueden acceder a ella según disposiciones precisas dadas en el Decreto ad hoc
de la
Penitenciaría Apostólica , que es el ente vaticano encargado
de regular la concesión y uso de las indulgencias en la Iglesia.
Como el objetivo es
estimular en los creyentes un auténtico deseo de obtenerla, la Penitenciaría ha
establecido disposiciones claras a este respecto (ver al final). A fin de
explicar algunos conceptos de lo que es una indulgencia y los beneficios para
quien esté en capacidad de lucrar de ella, ZENIT conversó con el padre Edward
McNamara, LC, experto liturgista y catedrático de su especialidad en el Ateneo
Pontificio Regina Apostolorum de Roma.
¿En qué le ayuda al
católico ganar una indulgencia? ¿Todos necesitamos ganar una?
Padre McNamara: Es de
gran ayuda a todos ganar indulgencias, sea para uno mismo en vista del progreso
en la amistad con Dios, sea como acto de caridad sobrenatural hacia las almas
en el purgatorio.
¿Cuántas veces se
pueden ganar las indulgencias durante el Año de la fe?
Padre McNamara: La
regla general para toda indulgencia plenaria es máximo una al día. El Decreto
sobre las indulgencias para el Año de la fe prevé diversas posibilidades.
Algunas están relacionadas a la visita de determinados lugares, otros a fechas
específicas. La posibilidad de lucrar la indulgencia dependerá de condiciones
locales. Por ejemplo, quien vive cerca de un templo designado por el obispo
para beneficiarse de la indulgencia, podría ganarlo todos los días. Los que
viven más lejos algunas veces al año.
¿Desde qué edad se
puede ganar la indulgencia?
Padre McNamara: Dado
que la indulgencia implica la confesión, se puede obtener desde que el niño
pueda confesarse, es decir la edad de la razón o alrededor de los siete años de
edad.
¿Cómo pueden ganar la
indulgencia los enfermos o discapacitados?
Padre McNamara: El
texto del Decreto indica que pueden ganar la indulgencia los fieles
verdaderamente arrepentidos, que por graves motivos no puedan participar en las
solemnes celebraciones ni acudir a los lugares designados. Esto incluye a los
enfermos, ancianos, encarcelados y otros, quienes pueden participar de alguna
celebración del santo padre o del obispo diocesano a través de los medios de
comunicación. A esto debe añadirse el rezo del Padre Nuestro o el Credo, y
ofrecer los sufrimientos de la propia vida a Dios.
Si se vuelve a caer
en pecado mortal, ¿se pierde la indulgencia ganada?
- Padre McNamara: No,
Dios no retira sus dones a pesar de nuestra debilidad. Pero no se puede ganar
otra indulgencia hasta que no se haya vuelto al estado de gracia.
¿Cómo obtener –o
lucrar, la
Indulgencia Plenaria por el Año de la fe?
(Tomado del Decreto
de la
Penitenciaría Apostólica )
A) Cada vez que
participen al menos en tres momentos de predicación durante las sagradas
Misiones, o al menos, en tres lecciones sobre los actos del Concilio Vaticano
II y sobre los artículos del Catecismo de la Iglesia en cualquier iglesia o lugar idóneo;
B) Cada vez que
visiten en peregrinación una basílica papal, una catacumba cristiana o un lugar
sagrado designado por el Ordinario del lugar para el Año de la fe (por ejemplo
basílicas menores, santuarios marianos o de los apóstoles y patronos) y
participen allí en una ceremonia sacra o, al menos, se recojan durante un
tiempo en meditación y concluyan con el rezo del Padre nuestro, la Profesión de fe en
cualquier forma legítima, las invocaciones a la Virgen María y, según
el caso, a los santos apóstoles o patronos.
C) Cada vez, en los
días determinados por el Ordinario del lugar para el Año de la fe, que
participen en cualquier lugar sagrado en una solemne celebración eucarística o
en la liturgia de las horas, añadiendo la Profesión de fe en cualquier forma legítima.
D) Un día, elegido
libremente, durante el Año de la fe, para visitar el baptisterio o cualquier
otro lugar donde recibieron el sacramento del Bautismo, si renuevan las
promesas bautismales de cualquier forma legítima.
Los obispos
diocesanos o eparquiales y los que están equiparados a ellos por derecho, en
los días oportunos o con ocasión de las celebraciones principales, podrán
impartir la Bendición
Papal con la
Indulgencia plenaria a los fieles que la reciban devotamente.
ROMA, sábado 13
octubre 2012 (ZENIT.org).-
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