Intervención de Mons. Zimowski en la OMS



GINEBRA, martes 24 de mayo de 2011 (ZENIT.org)


monseñor Zygmunt Zimowski, presidente del Consejo Pontificio para los Agentes Sanitarios, el pasado 18 de mayo durante la 64º Asamblea Mundial de la Organización Mundial del la Salud, que se ha desarrollado del 16 al 24 de mayo 2011.
* * * * *
Señor Presidente,
para empezar, quisiera compartir con esta augusta asamblea, la alegría de los fieles católicos y de todas las personas de buena voluntad, por la reciente beatificación del Papa Juan Pablo II que fue un incansable defensor de la vida y que manifestó un gran amor por los enfermos y los que sufren.


1. El World Health Report 2010 destaca que la financiación del sistema sanitario es el canal para llegar a la deseada cobertura universal en el proveer los servicios sanitarios. Este además revela con preocupación que, no obstante los progresos realizados en algunos países, en general estamos muy lejos todavía de una cobertura sanitaria universal. Estamos en un punto muerto en el status quo, donde los ricos disfrutan de una cobertura más alta, que sin embargo falta a la mayor parte de las personas pobres, mientras que las que tienen acceso a menudo tienen que soportar costes muy elevados, a veces desastrosos, en el pago de las medicinas y los servicios. [1]


En su mensaje a la Conferencia Internacional del tema “Para un cuidado de la salud igual y humana”, Benedicto XVI expresó su propia preocupación por los millones de personas que no tienen acceso a los servicios sanitarios y ha exhortado a “un compromiso mayor a todos los niveles para que el derecho a la salud sea efectivo, favoreciendo el acceso a los cuidados sanitarios primarios” [2]. Es verdad que, para garantizar una cobertura sanitaria universal, los países pueden y deben recoger fondos suficientes, reducir la dependencia del pago directo de las prestaciones sanitarias y mejorar la eficiencia y la equidad, eliminando así las barreras de tipo económico que se bloquean el acceso a los servicios, sobre todo a las personas pobres y desfavorecidas. Por otra parte, también es verdad que muy pocos países con renta baja tienen la posibilidad de generar, sólo de los recursos nacionales, los fondos necesarios para lograr el acceso universal antes de 2015. Este triste hecho pone en evidencia la necesidad de una verdadera solidaridad global, en la que los países de renta alta no prometan solamente, sino que efectivamente cumplan sus compromisos en el tema de la asistencia al desarrollo.


Señor Presidente, como tantas veces observó el Beato Juan Pablo II, la exigencia de la solidaridad entre las naciones ricas y pobres, con el fin de garantizar el acceso universal a los cuidados médicos, no puede ser subestimada [3]. Mi delegación, por tanto, intenta recordar el llamamiento del Papa Benedicto XVI a la cooperación de la familia humana [4]. El Santo Padre, de hecho, afirma que “los estados económicamente más desarrollados harán lo posible por destinar mayores porcentajes de su producto interior bruto para ayudas al desarrollo, respetando los compromisos que se han tomado sobre este punto en el ámbito de la comunidad internacional”[5].
Tales ayudas al desarrollo, dijo el Papa, deben “ser concedidas implicando no sólo a los gobiernos de los países interesados, sino también a los agentes económicos locales y a los agentes culturales de la sociedad civil, incluidas las Iglesias locales. Los programas de ayuda han de adaptarse cada vez más a la forma de los programas integrados y compartidos desde la base” [6].


2. En segundo lugar, por lo que respecta al Plan Estratégico de la OMS para el VIH 2001-2015, la Santa Sede aprecia la importancia centrada en la eliminación de nuevas infecciones de VIH en los niños, ampliando y optimizando sus tratamientos y cuidados del VIH, que hasta hoy están retrasados respecto a los progresos realizados en el tratamiento de los adultos.
Señor presidente, mi delegación quiere destacar la importancia de la formación para cambiar los comportamientos humanos y para una vida respetable como elementos clave de la campaña de prevención. En este sentido, y por lo que respecta a la prevención del VIH/SIDA en los drogadictos, deseo expresar las reservas de la Santa Sede sobre la elección de la reducción del daño y la sustitución de los opiáceos como medida preventiva que, aunque retrase nuevas infecciones, en realidad no cura o trata al enfermo, con el fin de restituirle la dignidad y favorecer su inserción social.


3. En tercer lugar, Señor Presidente, mi delegación aprecia la atención a la prevención y al control de las enfermedades que no se transmiten y de los estilos de vida, con el fin de reducir la mortalidad precoz y mejorar la calidad de vida. En este esfuerzo, aunque comprendiendo la importancia de reforzar los sistemas sanitarios con el fin de responder con tempestividad y eficacia a las necesidades de salud de las personas afectadas, la Santa Sede desea destacar la necesidad de aumentar el compromiso político y la participación de las ONG y de la sociedad civil, en colaboración con el sector privado, especialmente en la promoción de iniciativas de prevención, y, sobre todo en el alentar estilos de vida sanos. Como algunos estados miembros han observado, estas enfermedades no transmisibles acaban por serlo a causa de la difusión del comportamiento que subyace. Esto destaca la importancia de la educación a estilos de vida sanos como componentes de la educación a la salud y para afrontar los determinantes sociales de la salud.


4. Finalmente, mi delegación comparte plenamente las preocupaciones expresadas en la resolución EB128.R15 sobre la prevención de los accidentes en los menores. A la luz de estas graves preocupaciones por la salud y la seguridad de los niños, la Santa Sede apela a la comunidad internacional para que fomente la transmisión del saber en materia de medidas e instrumentos para la prevención de los accidentes de los niños en los países de renta media-baja, donde se verifica el 95% de defunciones a causa de accidentes, y contribuya a mejorar sus servicios de asistencia urgente y de rehabilitación para los accidentes no mortales en estos ambientes en los que, entre otras cosas, las largas guerras civiles aumentan drásticamente la incidencia de los accidentes en los niños y las víctimas terminan en centros que, a menudo no tienen los medios ni los recursos para cuidar a las víctimas.
Gracias Señor Presidente. El Señor os bendiga a todos.
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[1] Cfr. WHO, The World Health Report 2010 - Health System Financing: the Path to Universal Coverage, Ginebra 2010.
[2] Benedicto XVI, Mensaje a los participantes en la XXV Conferencia Internacional organizada por el Consejo Pontificio para los Agentes Sanitarios, 15 Noviembre de 2010, Ciudad del Vaticano.
[3] Juan Pablo II, "Llamamiento a la humanidad en Ouagadougou", 29 de enero de 1990, nn. 4-5, en Enseñanzas de Juan Pablo II XII/1 (1990) 305, 306; en Giorgio Filibeck, Les droits de l’Homme dans l’enseignement de l’Eglise: de Jean XXIII à Jean-Paul II, Libreria Editrice Vaticana, Ciudad del Vaticano 1992, p. 219.
[4] Benedetto XVI, Carta Encílica, Caritas in veritate, n. 53.
[5] Benedetto XVI, Carta Encílica, Caritas in veritate, n. 60.
[6] Benedetto XVI, Carta Encílica, Caritas in veritate, n. 58.

Instrucción "Universae Ecclesiae"

Ciudad del Vaticano, 13 May. 11 (AICA):


A continuación publicamos el texto completo de la Instrucción:
I. Introducción.

1. La Carta Apostólica Motu Proprio data “Summorum Pontificum” del Sumo Pontífice Benedicto XVI, del 7 de julio de 2007, entrada en vigor el 14 de septiembre de 2007, ha hecho más accesible a la Iglesia universal la riqueza de la Liturgia Romana.
2. Con tal Motu Proprio el Sumo Pontífice Benedicto XVI ha promulgado una ley universal para la Iglesia, con la intención de dar una nueva reglamentación para el uso de la Liturgia Romana vigente en 1962.
3. El Santo Padre, después de haber recordado la solicitud que los sumos pontífices han demostrado en el cuidado de la Sagrada Liturgia y la aprobación de los libros litúrgicos, reafirma el principio tradicional, reconocido desde tiempo inmemorial, y que se ha de conservar en el porvenir, según el cual “cada Iglesia particular debe concordar con la Iglesia universal, no solo en cuanto a la doctrina de la fe y a los signos sacramentales, sino también respecto a los usos universalmente aceptados de la ininterrumpida tradición apostólica, que deben observarse no solo para evitar errores, sino también para transmitir la integridad de la fe, para que la ley de la oración de la Iglesia corresponda a su ley de fe”. (1).
4. El Santo Padre ha hecho memoria además de los romanos pontífices que, en modo particular, se han comprometido en esta tarea, especialmente de san Gregorio Magno y san Pío V. El Papa subraya asimismo que, entre los sagrados libros litúrgicos, el Missale Romanum ha tenido un relieve histórico particular, y a lo largo de los años ha sido objeto de distintas actualizaciones hasta el pontificado del beato Juan XXIII. Con la reforma litúrgica que siguió al Concilio Vaticano II, en 1970 el papa Pablo VI aprobó un nuevo Misal para la Iglesia de rito latino, traducido posteriormente en distintas lenguas. En el año 2000 el papa Juan Pablo II promulgó la tercera edición del mismo.
5. Muchos fieles, formados en el espíritu de las formas litúrgicas anteriores al Concilio Vaticano II, han expresado el vivo deseo de conservar la tradición antigua. Por este motivo, el papa Juan Pablo II, con el Indulto especial Quattuor abhinc annos, emanado en 1984 por la Sagrada Congregación para el Culto Divino, concedió, bajo determinadas condiciones, la facultad de volver a usar el Misal Romano promulgado por el beato Juan XXIII. Además, Juan Pablo II, con el Motu Proprio “Ecclesia Dei”, de 1988, exhortó a los obispos a que fueran generosos en conceder dicha facultad a todos los fieles que la pidieran. El papa Benedicto XVI ha seguido la misma línea a través del Motu Proprio “Summorum Pontificum”, en el cual se indican algunos criterios esenciales para el usus antiquior del Rito Romano, que aquí es oportuno recordar.
6. Los textos del Misal Romano del papa Pablo VI y del Misal que se remonta a la última edición del papa Juan XXIII, son dos formas de la Liturgia Romana, definidas respectivamente ordinaria y extraordinaria: son dos usos del único Rito Romano, que se colocan uno al lado del otro. Ambas formas son expresión de la misma lex orandi de la Iglesia. Por su uso venerable y antiguo, la forma extraordinaria debe ser conservada con el honor debido.
7. El Motu Proprio “Summorum Pontificum” está acompañado por una Carta del Santo Padre a los obispos, que lleva la misma fecha del Motu Proprio (7 de julio de 2007). Con ella se ofrecen ulteriores aclaraciones sobre la oportunidad y necesidad del mismo Motu Proprio; es decir, se trataba de colmar una laguna, dando una nueva normativa para el uso de la Liturgia Romana vigente en 1962. Tal normativa se hacía especialmente necesaria por el hecho de que, en el momento de la introducción del nuevo Misal, no pareció necesario emanar disposiciones que reglamentaran el uso de la Liturgia vigente desde 1962. Debido al aumento de los que piden poder usar la forma extraordinaria, se ha hecho necesario dar algunas normas al respecto.
Entre otras cosas el papa Benedicto XVI afirma: “No hay ninguna contradicción entre una y otra edición del ‘Missale Romanum’. En la historia de la Liturgia hay crecimiento y progreso pero ninguna ruptura. Lo que para las generaciones anteriores era sagrado, también para nosotros permanece sagrado y grande y no puede ser de improviso totalmente prohibido o incluso perjudicial”.(2).
8. El Motu Proprio “Summorum Pontificum” constituye una relevante expresión del magisterio del Romano Pontífice y del munus que le es propio, es decir, regular y ordenar la Sagrada Liturgia de la Iglesia (3), y manifiesta su preocupación como Vicario de Cristo y Pastor de la Iglesia Universal (4). El documento tiene como objetivo:
a) ofrecer a todos los fieles la Liturgia Romana en el usus antiquior, considerada como un tesoro precioso que hay que conservar; b) garantizar y asegurar realmente el uso de la forma extraordinaria a quienes lo pidan, considerando que el uso de la Liturgia Romana entrado en vigor en 1962 es una facultad concedida para el bien de los fieles y, por lo tanto, debe interpretarse en sentido favorable a los fieles, que son sus principales destinatarios; c) favorecer la reconciliación en el seno de la Iglesia.
II. Tareas de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei. 9. El Sumo Pontífice ha conferido a la Pontificia Comisión Ecclesia Dei potestad ordinaria vicaria para la materia de su competencia, especialmente para supervisar la observancia y aplicación de las disposiciones del Motu Proprio “Summorum Pontificum” (cf. art. 12).
10.

'1. La Pontificia Comisión ejerce tal potestad a través de las facultades precedentemente concedidas por el papa Juan Pablo II y confirmadas por el papa Benedicto XVI (cf. Motu Proprio “Summorum Pontificum”, art. 11-12), y también a través del poder de decidir sobre los recursos que legítimamente se le presenten, como superior jerárquico, contra una eventual medida administrativa del Ordinario que parezca contraria al Motu Proprio.
'2. Los decretos con los que la Pontificia Comisión decide sobre los recursos podrán ser impugnados ad normam iuris ante el Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica.
11. Compete a la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, previa aprobación de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, la tarea de ocuparse de la eventual edición de los textos litúrgicos relacionados con la forma extraordinaria del Rito Romano.


III. Normas específicas.

12. Esta Pontificia Comisión, en virtud de la autoridad que le ha sido atribuida y de las facultades de las que goza, después de la consulta realizada entre los obispos de todo el mundo, para garantizar la correcta interpretación y la recta aplicación del Motu Proprio “Summorum Pontificum”, emana la siguiente Instrucción, a tenor del canon 34 del Código de Derecho Canónico.


La competencia de los Obispos diocesanos

13. Los obispos diocesanos, según el Código de Derecho Canónico, deben vigilar en materia litúrgica en atención al bien común y para que todo se desarrolle dignamente, en paz y serenidad en sus diócesis (5), de acuerdo siempre con la mens del Romano Pontífice, claramente expresada en el Motu Proprio “Summorum Pontificum” (6). En caso de controversias o dudas fundadas acerca de la celebración en la forma extraordinaria, decidirá la Pontificia Comisión Ecclesia Dei.
14. Es tarea del obispo diocesano adoptar las medidas necesarias para garantizar el respeto de la forma extraordinaria del Rito Romano, a tenor del Motu Proprio “Summorum Pontificum”.
El coetus fidelum (cf. Motu Proprio “Summorum Pontificum”, art. 5 '1)

15. Un coetus fidelium se puede definir stabiliter existens, a tenor el art. 5 '1 del Motu Proprio “Summorum Pontificum”, cuando esté constituido por algunas personas de una determinada parroquia que, incluso después de la publicación del Motu Proprio, se hayan unido a causa de la veneración por la Liturgia según el usus antiquior, las cuales solicitan que ésta sea celebrada en la iglesia parroquial o en un oratorio o capilla; tal coetus puede estar también compuesto por personas que provengan de diferentes parroquias o diócesis y que, para tal fin, se reúnen en una determinada parroquia o en un oratorio o capilla.
16. En caso de que un sacerdote se presente ocasionalmente con algunas personas en una iglesia parroquial o en un oratorio, con la intención de celebrar según la forma extraordinaria, como previsto en los art. 2 y 4 del Motu Proprio “Summorum Pontificum”, el párroco o el rector de una iglesia o el sacerdote responsable admitan tal celebración, respetando las exigencias de horarios de las celebraciones litúrgicas de la misma iglesia.
17. '1. Con el fin de decidir en cada caso, el párroco, el rector o el sacerdote responsable de una iglesia se comportará según su prudencia, dejándose guiar por el celo pastoral y un espíritu de generosa hospitalidad.
'2. En los casos de grupos numéricamente menos consistentes, habrá que dirigirse al Ordinario del lugar para individuar una iglesia en la que dichos fieles puedan reunirse para asistir a tales celebraciones y garantizar así una participación más fácil y una celebración más digna de la Santa Misa.
18. También en los santuarios y lugares de peregrinación se ofrezca la posibilidad de celebrar en la forma extraordinaria a los grupos de peregrinos que lo requieran (cf. Motu Proprio “Summorum Pontificum”, art. 5 '3), si hay un sacerdote idóneo.
19. Los fieles que piden la celebración en la forma extraordinaria no deben sostener o pertenecer de ninguna manera a grupos que se manifiesten contrarios a la validez o legitimidad de la Santa Misa o de los sacramentos celebrados en la forma ordinaria o al Romano Pontífice como Pastor Supremo de la Iglesia universal.
El sacerdos idoneus (cf. Motu Proprio Summorum Pontificum, art. 5 '4)
20. Sobre los requisitos necesarios para que un sacerdote sea considerado idóneo para celebrar en la forma extraordinaria, se establece cuanto sigue:
a) cualquier sacerdote que no esté impedido a tenor del Derecho Canónico se considera sacerdote idóneo para celebrar la Santa Misa en la forma extraordinaria7; b) en relación al uso de la lengua latina, es necesario un conocimiento suficiente que permita pronunciar correctamente las palabras y entender su significado; c) en lo que respecta al conocimiento del desarrollo del rito, se presumen idóneos los sacerdotes que se presenten espontáneamente para celebrar en la forma extraordinaria y la hayan usado anteriormente.
21. Se exhorta a los Ordinarios a que ofrezcan al clero la posibilidad de adquirir una preparación adecuada para las celebraciones en la forma extraordinaria. Esto vale también para los seminarios, donde se deberá proveer a que los futuros sacerdotes tengan una formación conveniente en el estudio del latín (8) y, según las exigencias pastorales, ofrecer la oportunidad de aprender la forma extraordinaria del rito.
22. En las diócesis donde no haya sacerdotes idóneos, los obispos diocesanos pueden solicitar la colaboración de los sacerdotes de los institutos erigidos por la Comisión Ecclesia Dei o de quienes conozcan la forma extraordinaria del rito, tanto para su celebración como para su eventual aprendizaje.
23. La facultad para celebrar la Misa sine populo (o con la participación del solo ministro) en la forma extraordinaria del Rito Romano es concedida por el Motu Proprio a todos los sacerdotes diocesanos y religiosos (cf. Motu Proprio “Summorum Pontificum”, art. 2). Por lo tanto, en tales celebraciones, los sacerdotes, en conformidad con el Motu Proprio “Summorum Pontificum”, no necesitan ningún permiso especial de sus Ordinarios o superiores.
La disciplina litúrgica y eclesiástica 24. Los libros litúrgicos de la forma extraordinaria han de usarse tal como son. Todos aquellos que deseen celebrar según la forma extraordinaria del Rito Romano deben conocer las correspondientes rúbricas y están obligados a observarlas correctamente en las celebraciones.
25. En el Misal de 1962 podrán y deberán ser inseridos nuevos santos y algunos de los nuevos prefacios (9), según la normativa que será indicada más adelante.
26. Como prevé el art. 6 del Motu Proprio “Summorum Pontificum”, se precisa que las lecturas de la Santa Misa del Misal de 1962 pueden ser proclamadas exclusivamente en lengua latina, o bien en lengua latina seguida de la traducción en lengua vernácula o, en las Misas leídas, también sólo en lengua vernácula.
27. Con respecto a las normas disciplinarias relativas a la celebración, se aplica la disciplina eclesiástica contenida en el Código de Derecho Canónico de 1983.
28. Además, en virtud de su carácter de ley especial, dentro de su ámbito propio, el Motu Proprio “Summorum Pontificum” deroga aquellas medidas legislativas inherentes a los ritos sagrados, promulgadas a partir de 1962, que sean incompatibles con las rúbricas de los libros litúrgicos vigentes en 1962.
Confirmación y Orden sagrado 29. La concesión de utilizar la antigua fórmula para el rito de la Confirmación fue confirmada por el Motu Proprio “Summorum Pontificum” (cf. art. 9 '2). Por lo tanto, no es necesario utilizar para la forma extraordinaria la fórmula renovada del Ritual de la Confirmación promulgado por el Papa Pablo VI.
30. Con respecto a la tonsura, órdenes menores y subdiaconado, el Motu Proprio “Summorum Pontificum” no introduce ningún cambio en la disciplina del Código de Derecho Canónico de 1983; por lo tanto, en los institutos de vida consagrada y en las sociedades de vida apostólica que dependen de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei, el profeso con votos perpetuos en un instituto religioso o incorporado definitivamente a una sociedad clerical de vida apostólica, al recibir el diaconado queda incardinado como clérigo en ese instituto o sociedad (cf. can. 266 '2 del Código de Derecho Canónico).
31. Sólo en los institutos de vida consagrada y en las sociedades de vida apostólica que dependen de la Pontificia Comisión Ecclesia Dei y en aquellos donde se mantiene el uso de los libros litúrgicos de la forma extraordinaria se permite el uso del Pontificale Romanum de 1962 para conferir las órdenes menores y mayores.


Breviarium Romanum

32. Se concede a los clérigos la facultad de usar el Breviarium Romanum en vigor en 1962, según el art. 9 '3 del Motu Proprio “Summorum Pontificum”. El mismo se recita integralmente en lengua latina.


El Triduo Pascual

33. El coetus fidelium que sigue la tradición litúrgica anterior, si hubiese un sacerdote idóneo, puede celebrar también el Triduo Pascual en la forma extraordinaria. Donde no haya una iglesia u oratorio previstos exclusivamente para estas celebraciones, el párroco o el Ordinario, de acuerdo con el sacerdote idóneo, dispongan para ellas las modalidades más favorables, sin excluir la posibilidad de una repetición de las celebraciones del Triduo Pascual en la misma iglesia.


Los Ritos de la Órdenes Religiosas

34. Se permite el uso de los libros litúrgicos propios de las órdenes religiosas vigente en 1962.


Pontificale Romanum y Rituale Romanum

35. Se permite el uso del Pontificale Romanum y del Rituale Romanum, así como del Caeremoniale Episcoporum vigente en 1962, a tenor del n. 28 de esta Instrucción, quedando en vigor lo dispuesto en el n. 31 de la misma.


(1) Benedicto XVI, Carta Apostólica Motu Proprio data “Summorum Pontificum”, I, en AAS 99 (2007) 777; cf. Instrucción general del Misal Romano, tercera edición, 2002, n. 397.

(2) Benedicto XVI, Carta a los Obispos que acompaña la Carta Apostólica “Motu Proprio data” Summorum Pontificum sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en 1970, en AAS 99 (2007) 798.

(3) Cf. Código de Derecho Canónico, can. 838 '1 y '2.

(4) Cf. Código de Derecho Canónico, can 331.

(5) Cf. Código de Derecho Canónico, cann. 223 '2; 838 '1 y '4

.(6) Cf. Benedicto XVI, Carta a los Obispos que acompaña la Carta Apostólica Motu Proprio data Summorum Pontificum sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en 1970, en AAS 99 (2007) 799.

(7) Cf. Código de Derecho Canónico, can. 900 '2.

(8) Cf. Código de Derecho Canónico, can. 249, cf. Concilio Vaticano II, Constitución Sacrosanctum Concilium, n. 36; Declaración Optatam totius, n. 13.

(9) Cf. Benedicto XVI, Carta a los Obispos que acompaña la Carta Apostólica Motu Proprio data Summorum Pontificum sobre el uso de la liturgia romana anterior a la reforma efectuada en 1970, en AAS 99 (2007) 797.
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Benedicto XVI proclama Beato a Juan Pablo II



A las 10,00 de hoy, II Domingo de Pascua o de la Divina Misericordia, Benedicto XVI presidió la celebración eucarística durante la cual proclamó Beato al Siervo de Dios Juan Pablo II, Papa (1920-2005), cuya fiesta se celebrará a partir de ahora el 22 de octubre de cada año.
Asistieron a la ceremonia 87 delegaciones de varios países, entre ellos cinco casas reales, 16 jefes de Estado -entre ellos los presidentes de Italia y de Polonia- y 7 primeros ministros.
Cientos de miles de personas venidas de todo el mundo llenaban la Plaza de San Pedro y las calles adyacentes. La ceremonia también se pudo seguir desde varias pantallas gigantes instaladas en el Circo Máximo y en algunas plazas de la ciudad.
Ofrecemos a continuación el texto de la homilía del Papa:



"Queridos hermanos y hermanas.
Hace seis años nos encontrábamos en esta Plaza para celebrar los funerales del Papa Juan Pablo II. El dolor por su pérdida era profundo, pero más grande todavía era el sentido de una inmensa gracia que envolvía a Roma y al mundo entero, gracia que era fruto de toda la vida de mi amado Predecesor y, especialmente, de su testimonio en el sufrimiento. Ya en aquel día percibíamos el perfume de su santidad, y el Pueblo de Dios manifestó de muchas maneras su veneración hacia él. Por eso, he querido que, respetando debidamente la normativa de la Iglesia, la causa de su beatificación procediera con razonable rapidez. Y he aquí que el día esperado ha llegado; ha llegado pronto, porque así lo ha querido el Señor: Juan Pablo II es beato.



Deseo dirigir un cordial saludo a todos los que, en número tan grande, desde todo el mundo, habéis venido a Roma, para esta feliz circunstancia, a los señores cardenales, a los patriarcas de las Iglesias católicas orientales, hermanos en el episcopado y el sacerdocio, delegaciones oficiales, embajadores y autoridades, personas consagradas y fieles laicos, y lo extiendo a todos los que se unen a nosotros a través de la radio y la televisión.



Éste es el segundo domingo de Pascua, que el beato Juan Pablo II dedicó a la Divina Misericordia. Por eso se eligió este día para la celebración de hoy, porque mi Predecesor, gracias a un designio providencial, entregó el espíritu a Dios precisamente en la tarde de la vigilia de esta fiesta. Además, hoy es el primer día del mes de mayo, el mes de María; y es también la memoria de san José obrero.


Estos elementos contribuyen a enriquecer nuestra oración, nos ayudan a nosotros que todavía peregrinamos en el tiempo y el espacio. En cambio, qué diferente es la fiesta en el Cielo entre los ángeles y santos. Y, sin embargo, hay un solo Dios, y un Cristo Señor que, como un puente une la tierra y el cielo, y nosotros nos sentimos en este momento más cerca que nunca, como participando de la Liturgia celestial.



"Dichosos los que crean sin haber visto" (Jn 20, 29). En el evangelio de hoy, Jesús pronuncia esta bienaventuranza: la bienaventuranza de la fe. Nos concierne de un modo particular, porque estamos reunidos precisamente para celebrar una beatificación, y más aún porque hoy un Papa ha sido proclamado Beato, un Sucesor de Pedro, llamado a confirmar en la fe a los hermanos. Juan Pablo II es beato por su fe, fuerte y generosa, apostólica. E inmediatamente recordamos otra bienaventuranza: *(Dichoso tú, Simón, hijo de Jonás!, porque eso no te lo ha revelado nadie de carne y hueso, sino mi Padre que está en el cielo+ (Mt 16, 17). )Qué es lo que el Padre celestial reveló a Simón? Que Jesús es el Cristo, el Hijo del Dios vivo. Por esta fe Simón se convierte en *Pedro+, la roca sobre la que Jesús edifica su Iglesia. La bienaventuranza eterna de Juan Pablo II, que la Iglesia tiene el gozo de proclamar hoy, está incluida en estas palabras de Cristo: *Dichoso, tú, Simón+ y *Dichosos los que crean sin haber visto+. Ésta es la bienaventuranza de la fe, que también Juan Pablo II recibió de Dios Padre, como un don para la edificación de la Iglesia de Cristo.



"Pero nuestro pensamiento se dirige a otra bienaventuranza, que en el evangelio precede a todas las demás. Es la de la Virgen María, la Madre del Redentor. A ella, que acababa de concebir a Jesús en su seno, santa Isabel le dice: *Dichosa tú, que has creído, porque lo que te ha dicho el Señor se cumplirá+ (Lc 1, 45). La bienaventuranza de la fe tiene su modelo en María, y todos nos alegramos de que la beatificación de Juan Pablo II tenga lugar en el primer día del mes mariano, bajo la mirada maternal de Aquella que, con su fe, sostuvo la fe de los Apóstoles, y sostiene continuamente la fe de sus sucesores, especialmente de los que han sido llamados a ocupar la cátedra de Pedro.




María no aparece en las narraciones de la resurrección de Cristo, pero su presencia está como oculta en todas partes: ella es la Madre a la que Jesús confió cada uno de los discípulos y toda la comunidad. De modo particular, notamos que la presencia efectiva y materna de María ha sido registrada por san Juan y san Lucas en los contextos que preceden a los del Evangelio de hoy y de la primera lectura: en la narración de la muerte de Jesús, donde María aparece al pie de la cruz (cf. Jn 19, 25); y al comienzo de los Hechos de los Apóstoles, que la presentan en medio de los discípulos reunidos en oración en el cenáculo (cf. Hch. 1, 14).



"También la segunda lectura de hoy nos habla de la fe, y es precisamente san Pedro quien escribe, lleno de entusiasmo espiritual, indicando a los nuevos bautizados las razones de su esperanza y su alegría. Me complace observar que en este pasaje, al comienzo de su Primera carta, Pedro no se expresa en un modo exhortativo, sino indicativo; escribe, en efecto: "Por ello os alegráis", y añade: "No habéis visto a Jesucristo, y lo amáis; no lo veis, y creéis en él; y os alegráis con un gozo inefable y transfigurado, alcanzando así la meta de vuestra fe: vuestra propia salvación" (1 P 1, 6.8-9). Todo está en indicativo porque hay una nueva realidad, generada por la resurrección de Cristo, una realidad accesible a la fe. "Es el Señor quien lo ha hecho -dice el Salmo (118, 23)- ha sido un milagro patente", patente a los ojos de la fe.



"Queridos hermanos y hermanas, hoy resplandece ante nuestros ojos, bajo la plena luz espiritual de Cristo resucitado, la figura amada y venerada de Juan Pablo II. Hoy, su nombre se añade a la multitud de santos y beatos que él proclamó durante sus casi 27 años de pontificado, recordando con fuerza la vocación universal a la medida alta de la vida cristiana, a la santidad, como afirma la Constitución conciliar sobre la Iglesia Lumen gentium. Todos los miembros del Pueblo de Dios -obispos, sacerdotes, diáconos, fieles laicos, religiosos, religiosas- estamos en camino hacia la patria celestial, donde nos ha precedido la Virgen María, asociada de modo singular y perfecto al misterio de Cristo y de la Iglesia. Karol Wojty?a, primero como Obispo Auxiliar y después como Arzobispo de Cracovia, participó en el Concilio Vaticano II y sabía que dedicar a María el último capítulo del Documento sobre la Iglesia significaba poner a la Madre del Redentor como imagen y modelo de santidad para todos los cristianos y para la Iglesia entera. Esta visión teológica es la que el beato Juan Pablo II descubrió de joven y que después conservó y profundizó durante toda su vida. Una visión que se resume en el icono bíblico de Cristo en la cruz, y a sus pies María, su madre. Un icono que se encuentra en el evangelio de Juan (19, 25-27) y que quedó sintetizado en el escudo episcopal y posteriormente papal de Karol Wojty?a: una cruz de oro, una "eme" abajo, a la derecha, y el lema: "Totus tuus", que corresponde a la célebre expresión de san Luis María Grignion de Monfort, en la que Karol Wojty?a encontró un principio fundamental para su vida: "Totus tuus ego sum et omnia mea tua sunt. Accipio Te in mea omnia. Praebe mihi cor tuum, Maria -Soy todo tuyo y todo cuanto tengo es tuyo. Tú eres mi todo, oh María; préstame tu corazón". (Tratado de la verdadera devoción a la Santísima Virgen, n. 266).




El nuevo Beato escribió en su testamento: "Cuando, en el día 16 de octubre de 1978, el cónclave de los cardenales escogió a Juan Pablo II, el primado de Polonia, cardenal Stefan Wyszy?ski, me dijo: "La tarea del nuevo Papa consistirá en introducir a la Iglesia en el tercer milenio". Y añadía: "Deseo expresar una vez más gratitud al Espíritu Santo por el gran don del Concilio Vaticano II, con respecto al cual, junto con la Iglesia entera, y en especial con todo el Episcopado, me siento en deuda. Estoy convencido de que durante mucho tiempo aún las nuevas generaciones podrán recurrir a las riquezas que este Concilio del siglo XX nos ha regalado.




Como obispo que participó en el acontecimiento conciliar desde el primer día hasta el último, deseo confiar este gran patrimonio a todos los que están y estarán llamados a aplicarlo. Por mi parte, doy las gracias al eterno Pastor, que me ha permitido estar al servicio de esta grandísima causa a lo largo de todos los años de mi pontificado". ¿Y cuál es esta "causa"? Es la misma que Juan Pablo II anunció en su primera Misa solemne en la Plaza de San Pedro, con las memorables palabras: "(No temáis! ¡Abrid, más todavía, abrid de par en par las puertas a Cristo!".




Aquello que el Papa recién elegido pedía a todos, él mismo lo llevó a cabo en primera persona: abrió a Cristo la sociedad, la cultura, los sistemas políticos y económicos, invirtiendo con la fuerza de un gigante, fuerza que le venía de Dios, una tendencia que podía parecer irreversible. Con su testimonio de fe, de amor y de valor apostólico, acompañado de una gran humanidad, este hijo ejemplar de la Nación polaca ayudó a los cristianos de todo el mundo a no tener miedo de llamarse cristianos, de pertenecer a la Iglesia, de hablar del Evangelio. En una palabra: ayudó a no tener miedo de la verdad, porque la verdad es garantía de libertad. Más en síntesis todavía: nos devolvió la fuerza de creer en Cristo, porque Cristo es Redemptor hominis, Redentor del hombre: el tema de su primera Encíclica e hilo conductor de todas las demás.



"Karol Wojty?a subió al solio de Pedro llevando consigo la profunda reflexión sobre la confrontación entre el marxismo y el cristianismo, centrada en el hombre. Su mensaje fue éste: el hombre es el camino de la Iglesia, y Cristo es el camino del hombre. Con este mensaje, que es la gran herencia del Concilio Vaticano II y de su "timonel", el Siervo de Dios el Papa Pablo VI, Juan Pablo II condujo al Pueblo de Dios a atravesar el umbral del Tercer Milenio, que gracias precisamente a Cristo él pudo llamar "umbral de la esperanza". Sí, él, a través del largo camino de preparación para el Gran Jubileo, dio al cristianismo una renovada orientación hacia el futuro, el futuro de Dios, trascendente respecto a la historia, pero que incide también en la historia. Aquella carga de esperanza que en cierta manera se le dio al marxismo y a la ideología del progreso, él la reivindicó legítimamente para el cristianismo, restituyéndole la fisonomía auténtica de la esperanza, de vivir en la historia con un espíritu de "adviento", con una existencia personal y comunitaria orientada a Cristo, plenitud del hombre y cumplimiento de su anhelo de justicia y de paz.



"Quisiera finalmente dar gracias también a Dios por la experiencia personal que me concedió, de colaborar durante mucho tiempo con el beato Papa Juan Pablo II. Ya antes había tenido ocasión de conocerlo y de estimarlo, pero desde 1982, cuando me llamó a Roma como Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, durante 23 años pude estar cerca de él y venerar cada vez más su persona. Su profundidad espiritual y la riqueza de sus intuiciones sostuvieron mi servicio. El ejemplo de su oración siempre me ha impresionado y edificado: él se sumergía en el encuentro con Dios, aun en medio de las múltiples ocupaciones de su ministerio. Y después, su testimonio en el sufrimiento: el Señor lo fue despojando lentamente de todo, sin embargo él permanecía siempre como una "roca", como Cristo quería. Su profunda humildad, arraigada en la íntima unión con Cristo, le permitió seguir guiando a la Iglesia y dar al mundo un mensaje aún más elocuente, precisamente cuando sus fuerzas físicas iban disminuyendo. Así, él realizó de modo extraordinario la vocación de cada sacerdote y obispo: ser uno con aquel Jesús al que cotidianamente recibe y ofrece en la Eucaristía.



"!Dichoso tú, amado Papa Juan Pablo, porque has creído! Te rogamos que continúes sosteniendo desde el Cielo la fe del Pueblo de Dios. Tantas veces nos ha bendecido desde esta misma Plaza. Santo Padre, bendíganos de nuevo desde esa ventana. Amén".



CIUDAD DEL VATICANO, 1 MAY 2011 (VIS).-