sobre la dignidad humana
Dicasterio para la Doctrina de la Fe
8-4-2024
Presentación
En el Congreso del
15 de marzo del 2019, la entonces Congregación para la Doctrina de la Fe
decidió iniciar «la redacción de un texto subrayando lo imprescindible del
concepto de dignidad de la persona humana en el seno de la antropología
cristiana e ilustrando el alcance y las implicaciones beneficiosas a nivel
social, político y económico, teniendo en cuenta los últimos desarrollos del
tema en el ámbito académico y sus comprensiones ambivalentes en el contexto
actual». Un primer proyecto a este respecto, elaborado con la ayuda de algunos
expertos durante el año 2019, fue considerado insatisfactorio, en una Consulta
restringida de la Congregación, el 8 de octubre del mismo año.
La Sección
Doctrinal elaboró ex novo otro borrador del texto, basándose en las
aportaciones de diversos expertos. Ese borrador fue presentado y debatido en
una Consulta restringida el 4 de octubre de 2021. En enero de 2022, el nuevo
borrador se presentó a la Sesión Plenaria de la Congregación, durante la cual
los miembros acortaron y simplificaron el texto.
El 6 de febrero de
2023, el nuevo texto corregido fue evaluado en una Consulta restringida que
propuso algunas modificaciones posteriores. La nueva versión se sometió a la
valoración de las Sesión Ordinaria del Dicasterio (Feria IV) el 3 de mayo de
2023. Los miembros acordaron que el documento, con algunas modificaciones,
podía ser publicado. El Santo Padre aprobó los Deliberata de esta Feria IV en
el curso de la Audiencia concedida a mi el 13 de noviembre de 2023. En esa
ocasión me pidió, además, resaltar en el texto algunas temáticas estrechamente
relacionadas con el tema de la dignidad, como por ejemplo el drama de la
pobreza, la situación de los emigrantes, las violencias contra las mujeres, la
trata de personas, la guerra y otros. Para honrar lo mejor posible esta
indicación del Santo Padre, la Sección Doctrinal del Dicasterio dedicó un
Congreso a profundizar en la carta encíclica Fratelli tutti, que ofrece un
análisis original y un estudio en profundidad del tema de la dignidad humana
“más allá de toda circunstancia”.
En una carta
fechada el 2 de febrero de 2024, con vistas a la Feria IV del 28 de febrero
siguiente, se envió a los miembros del Dicasterio un nuevo borrador del texto,
considerablemente modificado, con la siguiente aclaración: «Esta nueva
redacción se hizo necesaria para responder a una petición específica del Santo
Padre. El Santo Padre había pedido explícitamente que se prestara mayor
atención a las graves violaciones de la dignidad humana que se producen
actualmente en nuestro tiempo, en la senda de la encíclica Fratelli tutti. Así
pues, la Sección Doctrinal tomó medidas para reducir la parte inicial [...] y
elaborar con más detalle lo que el Santo Padre había indicado». La Sesión
Ordinaria del Dicasterio, aprobó finalmente el texto de la actual Declaración
el 28 de febrero de 2024. Durante la Audiencia concedida a mí, junto con el
Secretario de la Sección Doctrinal, Mons. Armando Matteo, el 25 de marzo de
2024, el Santo Padre aprobó esta Declaración y ordenó su publicación.
La elaboración del
texto, que duró cinco años, nos permite comprender que estamos ante un
documento que, debido a la seriedad y centralidad de la cuestión de la dignidad
en el pensamiento cristiano, necesitó un considerable proceso de maduración
para llegar a la redacción final que hoy publicamos.
En las tres
primeras partes, la Declaración recuerda los principios fundamentales y los
supuestos teóricos para ofrecer importantes aclaraciones que puedan evitar las
frecuentes confusiones que se producen en el uso del término “dignidad”. En la
cuarta parte, presenta algunas situaciones problemáticas actuales en las que no
se reconoce adecuadamente la inmensa e inalienable dignidad que corresponde a
todo ser humano. La denuncia de estas graves y actuales violaciones de la
dignidad humana es un gesto necesario, porque la Iglesia está profundamente
convencida de que no se puede separar la fe de la defensa de la dignidad
humana, la evangelización de la promoción de una vida digna y la espiritualidad
del compromiso por la dignidad de todos los seres humanos.
Esta dignidad de
todos los seres humanos puede, de hecho, entenderse como “infinita” (dignitas
infinita), como afirmó San Juan Pablo II en un encuentro con personas que
sufrían ciertas limitaciones o discapacidades,[1] para mostrar cómo la dignidad
de todos los seres humanos va más allá de todas las apariencias externas o
características de la vida concreta de las personas.
El Papa Francisco,
en la encíclica Fratelli tutti, ha querido subrayar con particular insistencia
que esta dignidad existe “más allá de toda circunstancia”, invitando a todos a
defenderla en cada contexto cultural, en cada momento de la existencia de una
persona, independientemente de cualquier deficiencia física, psicológica,
social o incluso moral. En este sentido, la Declaración se esfuerza por mostrar
que estamos ante una verdad universal, que todos estamos llamados a reconocer,
como condición fundamental para que nuestras sociedades sean verdaderamente
justas, pacíficas, sanas y, en definitiva, auténticamente humanas.
La lista de temas
elegidos por la Declaración no es, ciertamente, exhaustiva. Sin embargo, los
temas tratados son, precisamente, los que permiten expresar diversos aspectos
de la dignidad humana que pueden estar oscurecidos en la conciencia de muchas
personas hoy en día. Algunos serán fácilmente compartidos por distintos
sectores de nuestras sociedades, otros no tanto. Sin embargo, todos nos parecen
necesarios porque, en su conjunto, ayudan a reconocer la armonía y la riqueza
del pensamiento sobre la dignidad que brota del Evangelio.
Esta Declaración
no pretende agotar un tema tan rico y decisivo, pero pretende aportar algunos
elementos de reflexión que nos ayudarán a tenerlo presente en el complejo
momento histórico que vivimos para que, en medio de tantas preocupaciones y
angustias, no perdamos el rumbo y nos expongamos a sufrimientos más lacerantes
y profundos.
Víctor Manuel
Card. Fernández
Prefecto
Introducción
1. (Dignitas
infinita) Una dignidad infinita, que se fundamenta inalienablemente en su
propio ser, le corresponde a cada persona humana, más allá de toda
circunstancia y en cualquier estado o situación en que se encuentre. Este
principio, plenamente reconocible incluso por la sola razón, fundamenta la
primacía de la persona humana y la protección de sus derechos. La Iglesia, a la
luz de la Revelación, reafirma y confirma absolutamente esta dignidad
ontológica de la persona humana, creada a imagen y semejanza de Dios y redimida
en Cristo Jesús. De esta verdad extrae las razones de su compromiso con los que
son más débiles y menos capacitados, insistiendo siempre «sobre el primado de
la persona humana y la defensa de su dignidad más allá de toda
circunstancia».[2]
2. Esta dignidad
ontológica y el valor único y eminente de cada mujer y cada hombre que existen
en este mundo fueron recogidos con autoridad en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos (10 de diciembre de 1948) por la Asamblea General de las
Naciones Unidas.[3] Al conmemorar el 75 aniversario de este Documento, la
Iglesia ve la oportunidad de proclamar una vez más su convicción de que, creado
por Dios y redimido por Cristo, todo ser humano debe ser reconocido y tratado
con respeto y amor, precisamente por su dignidad inalienable. El mencionado
aniversario ofrece también a la Iglesia la oportunidad de aclarar algunos
malentendidos que surgen a menudo en torno a la dignidad humana y de abordar
algunas cuestiones concretas, graves y urgentes, relacionadas con ella.
3. Desde el
principio de su misión, la Iglesia, impulsada por el Evangelio, se ha esforzado
por afirmar la libertad y promover los derechos de todos los seres humanos.[4]
En los últimos tiempos, gracias a la voz de los Pontífices, ha tratado de
formular más explícitamente este compromiso a través de la renovada llamada al
reconocimiento de la dignidad fundamental debida a la persona humana. San Pablo
VI decía «ninguna antropología iguala a la antropología de la Iglesia sobre la
persona humana, incluso considerada individualmente, en cuanto a su
originalidad, dignidad, intangibilidad y riqueza de sus derechos fundamentales,
sacralidad, educabilidad, aspiración a un desarrollo completo e
inmortalidad».[5]
4. San Juan Pablo
II, en el 1979, afirmó durante la Tercera Conferencia Episcopal Latinoamericana
en Puebla: «la dignidad humana es un valor evangélico que no puede ser
despreciado sin grande ofensa al Creador. Esta dignidad es conculcada, a nivel
individual, cuando no son debidamente tenidos en cuenta valores como la
libertad, el derecho a profesar la religión, la integridad física y psíquica,
el derecho a los bienes esenciales, a la vida. Es conculcada, a nivel social y
político, cuando el hombre no puede ejercer su derecho de participación o es
sujeto a injustas e ilegítimas coacciones, o sometido a torturas físicas o
psíquicas, etc. […] Si la Iglesia se hace presente en la defensa o en la
promoción de la dignidad del hombre, lo hace en la línea de su misión, que aun
siendo de carácter religioso y no social o político, no puede menos de
considerar al hombre en la integridad de su ser».[6]
5. En el 2010,
delante de la Pontificia Academia para la Vida, Benedicto XVI afirmó que la
dignidad de la persona es «un principio fundamental que la fe en Jesucristo
crucificado y resucitado ha defendido desde siempre, sobre todo cuando no se
respeta en relación a los sujetos más sencillos e indefensos».[7] En otra
ocasión, hablándoles a los economistas, dijo que «la economía y las finanzas no
existen sólo para sí mismas; son sólo un instrumento, un medio. Su finalidad es
únicamente la persona humana y su realización plena en la dignidad. Este es el
único capital que conviene salvar».[8]
6. Desde los
inicios de su pontificado, el Papa Francisco ha invitado a la Iglesia a
«confesar a un Padre que ama infinitamente a cada ser humano» y a «descubrir
que “con ello le confiere una dignidad infinita”»,[9] subrayando con fuerza que
esta dignidad inmensa representa un dato originario a reconocer con lealtad y a
acoger con gratitud. Es precisamente en ese reconocimiento y aceptación donde
puede fundarse una nueva convivencia entre los seres humanos, que decline la
sociabilidad en un horizonte de auténtica fraternidad: sólo «reconociendo la
dignidad de cada persona humana, podamos hacer renacer entre todos un deseo
mundial de hermandad».[10] Según el Papa Francisco «ese manantial de dignidad
humana y de fraternidad está en el Evangelio de Jesucristo»,[11] pero también
es una convicción a la que la razón humana puede llegar mediante la reflexión y
el diálogo, ya que «hay que respetar en toda situación la dignidad ajena, es
porque nosotros no inventamos o suponemos la dignidad de los demás, sino porque
hay efectivamente en ellos un valor que supera las cosas materiales y las
circunstancias, y que exige que se les trate de otra manera. Que todo ser
humano posee una dignidad inalienable es una verdad que responde a la
naturaleza humana más allá de cualquier cambio cultural».[12] En realidad,
concluye el Papa Francisco, «el ser humano tiene la misma dignidad inviolable
en cualquier época de la historia y nadie puede sentirse autorizado por las
circunstancias a negar esta convicción o a no obrar en consecuencia».[13] En
este horizonte, su encíclica Fratelli tutti constituye ya una especie de Carta
Magna de las tareas actuales para salvaguardar y promover la dignidad humana.
Una aclaración
fundamental
7. Aunque en la
actualidad existe un consenso bastante general sobre la importancia e incluso
el alcance normativo de la dignidad y el valor único y trascendente de todo ser
humano, la expresión “dignidad humana” a menudo corre el riesgo de prestarse a
muchos significados y, por tanto, a posibles malentendidos[15] y
«contradicciones que nos llevan a preguntarnos si verdaderamente la igual
dignidad de todos los seres humanos […], [sea] reconocida, respetada, protegida
y promovida en todas las circunstancias». Todo esto nos lleva a reconocer la
posibilidad de una cuádruple distinción del concepto de dignidad: dignidad
ontológica, dignidad moral, dignidad social y finalmente dignidad existencial.
El sentido más importante permanece, como se ha argumentado hasta ahora, el vinculado
a la dignidad ontológica que corresponde a la persona como tal por el mero
hecho de existir y haber sido querida, creada y amada por Dios. Esta dignidad
no puede ser nunca eliminada y permanece válida más allá de toda circunstancia
en la que pueden encontrarse los individuos. Cuando se habla de la dignidad
moral se refiere, como se acaba de considerar, al ejercicio de la libertad por
parte de la criatura humana. Esta última, aunque dotada de conciencia,
permanece siempre abierta a la posibilidad de actuar contra ella. Al hacerlo,
el ser humano se comporta de un modo que “no es digno” de su naturaleza de
criatura amada por Dios y llamada a amar a los otros. Pero esta posibilidad
existe. Y no sólo eso. La historia nos atestigua que el ejercicio de la libertad
contra la ley del amor revelada por el Evangelio puede alcanzar cotas
incalculables de mal infligido a los otros. Cuando esto sucede, nos encontramos
ante personas que parecen haber perdido todo rastro de humanidad, todo rastro
de dignidad. A este respecto, la distinción introducida aquí nos ayuda a
discernir con precisión entre el aspecto de la dignidad moral, que de hecho
puede “perderse”, y el aspecto de la dignidad ontológica que nunca puede ser
anulada. Y es precisamente en razón de esta última que se deberá trabajar con
todas las fuerzas, para que todos los que han hecho el mal puedan arrepentirse
y convertirse.
8. Quedan otras
dos posibles acepciones de dignidad: social y existencial. Cuando hablamos de
dignidad social nos referimos a las condiciones en las que vive una persona. En
la pobreza extrema, por ejemplo, cuando no se dan las condiciones mínimas para
que una persona viva de acuerdo con su dignidad ontológica, se dice que la vida
de esa persona pobre es una vida “indigna”. Esta expresión no indica en modo
alguno un juicio hacia la persona, al contrario, quiere destacar el hecho de
que su dignidad inalienable se contradice por la situación en la que se ve
obligada a vivir. La última acepción es la de la dignidad existencial. Hoy se
habla cada vez con más frecuencia de una vida “digna” y de una vida “indigna”.
Y con esta expresión nos referimos a situaciones de tipo existencial: por
ejemplo, al caso de una persona que, aun no faltándole, aparentemente, nada de
esencial para vivir, por diversas razones, le resulta difícil vivir con paz,
con alegría y con esperanza. En otras situaciones es la presencia de
enfermedades graves, de contextos familiares violentos, de ciertas adicciones
patológicas y de otros malestares los que llevan a alguien a experimentar su
propia condición de vida como “indigna” frente a la percepción de aquella
dignidad ontológica que nunca puede ser oscurecida Las distinciones aquí
introducidas, en todo caso, no hacen más que recordarnos el valor inalienable
de esa dignidad ontológica enraizada en el ser mismo de la persona humana y que
subsiste más allá de toda circunstancia.
9. Por último,
conviene recordar aquí que la definición clásica de la persona como «sustancia
individual de naturaleza racional»[17] explicita el fundamento de su dignidad.
En efecto, en cuanto “sustancia individual”, la persona goza de dignidad
ontológica (es decir, en el nivel metafísico del ser mismo): es un sujeto que,
habiendo recibido la existencia de Dios, “subsiste”, es decir, ejerce la
existencia autónomamente. En realidad, la palabra “racional” engloba todas las
capacidades del ser humano: tanto la cognitiva como la volitiva, amar, elegir,
desear. El término “racional” incluye también todas las capacidades corporales
íntimamente relacionadas con las anteriores. La expresión “naturaleza” indica
las condiciones propias del ser humano que hacen posibles las diversas
operaciones y experiencias: la naturaleza es el “principio del obrar”. El ser
humano no crea su naturaleza; la posee como un don recibido y puede cultivar,
desarrollar y enriquecer sus capacidades. En el ejercicio de su libertad para
cultivar las riquezas de su propia naturaleza, la persona humana se construye a
sí misma con el paso del tiempo. Aunque, debido a diversas limitaciones o condiciones,
no pueda utilizar estas capacidades, la persona siempre subsiste como
“sustancia individual” con toda su dignidad inalienable. Esto ocurre, por
ejemplo, en un niño no nacido, en una persona inconsciente, en un anciano en
agonía.
1. Una conciencia
progresiva de la centralidad de la dignidad humana
10. Ya en la
antigüedad clásica[18] se perfila una primera intuición con respecto a la
dignidad humana, que procede de una perspectiva social: cada ser humano viene
revestido de una dignidad particular, según su rango y dentro de un orden
determinado. Del ámbito social, la palabra pasó a describir las distintas
dignidades de los seres en el cosmos. Desde este punto de vista, todos los
seres poseen su propia “dignidad”, según el lugar que ocupan en la armonía del
conjunto. Ciertamente, algunas cumbres del pensamiento antiguo comienzan a
reconocer un lugar singular al ser humano, en la medida en que está dotado de
razón y, por tanto, es capaz de responsabilizarse de sí mismo y de los demás
seres del mundo, [19] pero aún estamos lejos de un pensamiento capaz de
fundamentar el respeto a la dignidad de toda persona humana, más allá de
cualquier circunstancia.
Perspectivas
bíblicas
11. La Revelación
bíblica enseña que todos los seres humanos poseen una dignidad intrínseca
porque han sido creados a imagen y semejanza de Dios: «Dijo Dios: “Hagamos al
hombre a nuestra imagen y semejanza” […] Y creó Dios al hombre a su imagen, a
imagen de Dios lo creó, varón y mujer los creó» (Gen 1, 2627). La humanidad
tiene una cualidad específica que la hace no reducible a la pura materialidad.
La “imagen” no define el alma o las capacidades intelectuales, sino la dignidad
del varón y de la mujer. Ambos, en su mutua relación de igualdad y amor
recíproco, cumplen la función de representar a Dios en el mundo y están
llamados a cuidar y nutrir el mundo. Ser creados a imagen de Dios significa,
por tanto, que poseemos un valor sagrado en nuestro interior que trasciende
toda distinción sexual, social, política, cultural y religiosa. Nuestra
dignidad nos es conferida, no es pretendida ni merecida. Todo ser humano es
amado y querido por Dios por sí mismo y, por tanto, es inviolable en su
dignidad. En el Éxodo, corazón del Antiguo Testamento, Dios se muestra como el
que escucha el clamor de los pobres, ve la miseria de su pueblo, cuida de los
últimos y de los oprimidos (cf. Ex 3, 7; 22, 20-26). La misma enseñanza vuelve
a aparecer en el Código Deuteronómico (cf. Dt 12-26): aquí la enseñanza sobre
los derechos se transforma en un “manifiesto” de la dignidad humana, en
particular a favor de la triple categoría del huérfano, de la viuda y del
extranjero (cf. Dt 24, 17). Los antiguos preceptos del Éxodo son recordados y
actualizados por la predicación de los profetas, que representan la conciencia
crítica de Israel. Los profetas Amós, Oseas, Isaías, Miqueas y Jeremías dedican
capítulos enteros a denunciar la injusticia. Amós reprende amargamente la
opresión de los pobres, la falta de reconocimiento de toda dignidad humana
fundamental para los miserables (cf. Am 2, 6-7; 4, 1; 5, 11-12). Isaías
pronuncia una maldición contra quienes pisotean los derechos de los pobres,
negándoles toda justicia: «ay de los que establecen decretos inicuos, y
publican prescripciones vejatorias, para oprimir a los pobres en el juicio y
privar de su derecho a los humildes de mi pueblo» (Is 10, 1-2). Esta enseñanza
profética se recoge en la literatura sapiencial. El Sirácida equipara la
opresión de los pobres con el asesinato: «mata a su prójimo quien le roba el
sustento, |quien no paga el sueldo al jornalero derrama sangre» (Si 34, 22). En
los Salmos, la relación religiosa con Dios pasa por la defensa de los débiles y
necesitados: «proteged al desvalido y al huérfano, haced justicia al humilde y
al necesitado, defended al pobre y al indigente, sacándolos de las manos del
culpable» (Sal 82, 3-4).
12. Jesús nació y
creció en condiciones humildes y reveló la dignidad de los necesitados y los
trabajadores.[20] A lo largo de su ministerio, Jesús afirmó el valor y la
dignidad de todos los que son portadores de la imagen de Dios,
independientemente de su condición social y circunstancias externas. Jesús
rompió las barreras culturales y de culto, devolviendo la dignidad a los
“descartados” o a los considerados al margen de la sociedad: los recaudadores
de impuestos (cf. Mt 9, 10-11), las mujeres (cf. Jn 4, 1-42), los niños (cf. Mc
10, 14-15), los leprosos (cf. Mt 8, 2-3), los enfermos (cf. Mc 1, 29-34), los
extranjeros (cf. Mt 25, 35), las viudas (cf. Lc 7, 11-15). Él sana, alimenta,
defiende, libera, salva. Se le describe como un pastor solícito por la única
oveja perdida (cf. Mt 18, 12-14). Él mismo se identifica con sus hermanos más
pequeños: «cada vez que lo hicisteis con uno de estos, mis hermanos más
pequeños, conmigo lo hicisteis» (Mt 25, 40). En el lenguaje bíblico, los
“pequeños” no son sólo los niños por edad, sino los desvalidos, los más insignificantes,
los marginados, los oprimidos, los descartados, los pobres, los marginados, los
ignorantes, los enfermos, los degradados por los grupos dominantes. El Cristo
glorioso juzgará en función del amor al prójimo, que consiste en haber asistido
al hambriento, al sediento, al forastero, al desnudo, al enfermo, al
encarcelado, con los que él mismo se identifica (cf. Mt 25, 34-36). Para Jesús,
el bien hecho a todo ser humano, independientemente de los lazos de sangre o de
religión, es el único criterio de juicio. El apóstol Pablo afirma que todo
cristiano debe comportarse según las exigencias de la dignidad y el respeto de
los derechos de todos los seres humanos (cf. Rm 13,8-10), según el mandamiento
nuevo de la caridad (cf. 1 Co 13, 1-13).
El desarrollo del
pensamiento cristiano
13. El desarrollo
del pensamiento cristiano estimuló y acompañó posteriormente el progreso de la
reflexión humana sobre el tema de la dignidad. La antropología cristiana
clásica, basada en la gran tradición de los Padres de la Iglesia, puso de
relieve la doctrina del ser humano creado a imagen y semejanza de Dios y su
papel singular en la creación.[21] El pensamiento cristiano medieval,
escrutando críticamente el legado del pensamiento filosófico antiguo, llegó a
una síntesis de la noción de persona, reconociendo el fundamento metafísico de
su dignidad, como atestiguan las siguientes palabras de santo Tomás de Aquino:
«persona significa lo que en toda naturaleza es perfectísimo, lo que subsiste
en la naturaleza racional».[22] Esta dignidad ontológica, en su manifestación
privilegiada a través de la libre acción humana, fue subrayada más tarde sobre
todo por el humanismo cristiano del Renacimiento.[23] Incluso en la visión de
pensadores modernos, como Descartes y Kant, que cuestionaron algunos de los
fundamentos de la antropología cristiana tradicional, se perciben con fuerza
los ecos de la Revelación. A partir de algunas reflexiones filosóficas más
recientes sobre el estatuto de la subjetividad teórica y práctica, la reflexión
cristiana ha llegado después a acentuar aún más la profundidad del concepto de
dignidad, alcanzando en el siglo XX una perspectiva original, como por ejemplo
la del personalismo. Esta perspectiva no sólo retoma la cuestión de la
subjetividad, sino que la profundiza en la dirección de la intersubjetividad y
de las relaciones que unen a las personas humanas entre sí.[24] La propuesta
antropológica cristiana y contemporánea también se ha enriquecido con el
pensamiento procedente de esta última visión.[25]
Los tiempos
actuales
14. En nuestros
días, el término “dignidad” viene utilizado principalmente para destacar el
carácter singular de la persona humana, inconmensurable con respecto a los
demás seres del universo. Dentro de este horizonte, se entiende la forma en que
se utiliza el término dignidad en la Declaración de las Naciones Unidas de
1948, donde se habla de «la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e
inalienables de todos los miembros de la familia humana». Sólo este carácter
inalienable de la dignidad humana permite hablar de los derechos del
hombre.[26]
15. Para aclarar
aún más el concepto de dignidad, es importante señalar que la dignidad no es
concedida a la persona por otros seres humanos, sobre la base de determinados
dones y cualidades, de modo que podría ser eventualmente retirada. Si la
dignidad le fuese concedida a la persona por otros seres humanos, entonces se
daría de manera condicional y alienable, y el significado mismo de la dignidad
(por muy digno de gran respeto que sea) quedaría expuesto al riesgo de ser
abolido. En realidad, la dignidad es intrínseca a la persona, no conferida a
posteriori, previa a todo reconocimiento y no puede perderse. Por consiguiente,
todos los seres humanos poseen la misma e intrínseca dignidad, independientemente
del hecho sean o no capaces de expresarla adecuadamente.
16. Por ello, el
Concilio Vaticano II habla de la «excelsa dignidad de la persona humana, de su
superioridad sobre las cosas y de sus derechos y deberes universales e
inviolables».[27] Como recuerda el incipit de la Declaración conciliar
Dignitatis Humanae, «los hombres de nuestro tiempo se hacen cada vez más
conscientes de la dignidad de la persona humana, y aumenta el número de
aquellos que exigen que los hombres en su actuación gocen y usen del propio
criterio y libertad responsables, guiados por la conciencia del deber y no
movidos por la coacción».[28] Esta libertad de pensamiento y de conciencia,
tanto individual como comunitaria, está basada sobre el reconocimiento de la
dignidad humana «tal como se la conoce por la palabra revelada de Dios y por la
misma razón natural».[29] El mismo magisterio eclesial ha madurado, cada vez
con más plenitud, el significado de esta dignidad, junto con las exigencias e
implicaciones relacionadas con ella, llegando a la comprensión de que la
dignidad de todo ser humano es tal más allá de toda circunstancia.
2. La Iglesia
anuncia, promueve y se hace garante de la dignidad humana
17. La Iglesia
proclama la igual dignidad de todos los seres humanos, independientemente de su
condición de vida o de su calidad. Este anuncio se apoya sobre una triple
convicción que, a la luz de la fe cristiana, confiere un valor inconmensurable
a la dignidad humana y refuerza sus exigencias intrínsecas.
Una imagen de Dios
indeleble
18. Antes que
nada, según la Revelación, la dignidad del ser humano proviene del amor de su
Creador, que ha impreso en él los rasgos indelebles de su imagen (cf. Gn 1,
26), llamándolo a conocerlo, a amarlo y a vivir en una relación de alianza con
Dios mismo y de fraternidad, justicia y paz con todos los demás hombres y
mujeres. En esta visión, la dignidad se refiere no sólo al alma, sino a la
persona como unidad inseparable, y por tanto también inherente a su cuerpo, que
a su manera participa del ser imagen de Dios de la persona humana y está
llamado también a compartir la gloria del alma en la bienaventuranza divina.
Cristo eleva la
dignidad del hombre
19. Una segunda
convicción procede del hecho que la dignidad de la persona humana se reveló en
su plenitud cuando el Padre envió su Hijo que asumió plenamente la existencia
humana: «el Hijo de Dios, en el misterio de la Encarnación, confirmó la
dignidad del cuerpo y del alma que constituyen el ser humano».[30] Así, al
unirse en cierto modo a cada ser humano por su encarnación, Jesucristo confirmó
que todo ser humano posee una dignidad inestimable, por el mero hecho de
pertenecer a la misma comunidad humana, y que esta dignidad no puede perderse
jamás.[31] Proclamando que el Reino de Dios pertenece a los pobres, a los
humildes, a quienes son despreciados, a los que sufren en el cuerpo y en el
espíritu; curando todo tipo de enfermedades y dolencias, incluso las más
deshumanizadoras como la lepra; afirmando que lo que se hace a estas personas
se le hace a él, porque él está presente en esas personas, Jesús aportó la gran
novedad del reconocimiento de la dignidad de toda persona, y también, y sobre
todo, de aquellas personas que eran calificadas de “indignas”. Este nuevo
principio de la historia humana, por el que el ser humano es más “digno” de
respeto y amor cuanto más débil, miserable y sufriente, hasta el punto de
perder la propia “figura” humana, ha cambiado la faz del mundo, dando lugar a
instituciones que se ocupan de personas en condiciones inhumanas: los neonatos
abandonados, los huérfanos, los ancianos en soledad, los enfermos mentales,
personas con enfermedades incurables o graves malformaciones y aquellos que
viven en la calle.
Una vocación a la
plenitud de la dignidad
20. La tercera
convicción se refiere al destino último del ser humano: tras la creación y la
encarnación, la resurrección de Cristo nos revela un ulterior aspecto de la
dignidad humana. En efecto, «la razón más alta de la dignidad humana consiste
en la vocación del hombre a la unión con Dios», destinada a durar por siempre.
De este modo, «la dignidad [de la vida humana] no sólo está ligada a sus
orígenes, a su procedencia divina, sino también a su fin, a su destino de
comunión con Dios en su conocimiento y amor. A la luz de esta verdad san Ireneo
precisa y completa su exaltación del hombre: “el hombre que vive” es “gloria de
Dios” pero “la vida del hombre consiste en la visión de Dios”».
21. Por
consiguiente, la Iglesia cree y afirma que todos los seres humanos, creados a
imagen y semejanza de Dios y recreados[34] en el Hijo hecho hombre, crucificado
y resucitado, están llamados a crecer bajo la acción del Espíritu Santo para
reflejar la gloria del Padre, en aquella misma imagen, participando de la vida
eterna (cf. Jn 10, 15-16.17, 22-24; 2 Cor 3, 18; Ef 1, 3-14). En efecto, «la
Revelación […] manifiesta la dignidad de la persona humana en toda su
amplitud».[35]
Un compromiso con
la propia libertad
22. Aunque cada
ser humano posee una dignidad inalienable e intrínseca desde el principio de su
existencia como don irrevocable, depende de su decisión libre y responsable
expresarla y manifestarla en plenitud o empañarla. Algunos Padres de la Iglesia
– como san Ireneo o san Juan Damasceno – establecieron una distinción entre la
imagen y la semejanza de las que habla el Génesis, permitiendo así una visión
dinámica de la propia dignidad humana: la imagen de Dios se confía a la
libertad del ser humano para que, bajo la guía y la acción del Espíritu, crezca
su semejanza con Dios y cada persona alcance su máxima dignidad.[36] Cada
persona está llamada a manifestar en el plano existencial y moral el horizonte
ontológico de su dignidad, en la medida en que con su propia libertad se
orienta hacia el verdadero bien, como respuesta al amor de Dios. Así, en la
medida en que ha sido creada a imagen de Dios, por una parte, la persona humana
nunca pierde su dignidad y nunca deja de estar llamada a abrazar libremente el
bien; por otra parte, en la medida en que la persona humana responde al bien,
su dignidad puede manifestarse, crecer y madurar libre, dinámica y
progresivamente. Esto significa que también el ser humano debe esforzarse por
vivir a la altura de su dignidad. Se comprende entonces en qué sentido el
pecado puede herir y ensombrecer la dignidad humana, como acto contrario a
ella, pero, al mismo tiempo, que nunca puede borrar el hecho que el ser humano
ha sido creado a imagen de Dios. La fe, por tanto, contribuye decisivamente a
ayudar a la razón en su percepción de la dignidad humana, y a acoger,
consolidar y clarificar sus rasgos esenciales, como ha señalado Benedicto XVI:
«sin la ayuda correctora de la religión, la razón puede ser también presa de
distorsiones, como cuando es manipulada por las ideologías o se aplica de forma
parcial en detrimento de la consideración plena de la dignidad de la persona
humana. Después de todo, dicho abuso de la razón fue lo que provocó la trata de
esclavos en primer lugar y otros muchos males sociales, en particular la
difusión de las ideologías totalitarias del siglo XX».[37]
3. La dignidad,
fundamento de los derechos y de los deberes humanos
23. Como ya
recordó el Papa Francisco, «en la cultura moderna, la referencia más cercana al
principio de la dignidad inalienable de la persona es la Declaración Universal
de los Derechos del Hombre, que san Juan Pablo II definió “piedra miliar puesta
en el largo y difícil camino del género humano”, y como “una de las más altas
expresiones de la conciencia humana”».[38] Para resistir a los intentos de
alterar o eliminar el significado profundo de esa Declaración, vale la pena
recordar algunos principios esenciales que deben siempre respetarse.
El respeto
incondicionado de la dignidad humana
24. En primer
lugar, aunque cada vez hay más conciencia de la cuestión de la dignidad humana,
sigue habiendo hoy muchos malentendidos sobre el concepto de dignidad, que
distorsionan su significado. Algunos proponen que es mejor utilizar la
expresión “dignidad personal” (y derechos “de la persona”) en lugar de
“dignidad humana” (y derechos “del hombre”), porque entienden por persona sólo
“un ser capaz de razonar”. En consecuencia, sostienen que la dignidad y los
derechos se infieren de la capacidad de conocimiento y libertad, de las que no
todos los seres humanos están dotados. Así pues, el niño no nacido no tendría
dignidad personal, ni el anciano incapacitado, ni los discapacitados
mentales.[39] La Iglesia, por el contrario, insiste en el hecho de que la
dignidad de toda persona humana, precisamente porque es intrínseca, permanece
“más allá de toda circunstancia”, y su reconocimiento no puede depender, en
modo alguno, del juicio sobre la capacidad de una persona para comprender y
actuar libremente. De lo contrario, la dignidad no sería como tal inherente a
la persona, independiente de sus condicionamientos y, por tanto, merecedora de
un respeto incondicional. Sólo mediante el reconocimiento de la dignidad
intrínseca del ser humano, que nunca puede perderse, desde la concepción hasta
la muerte natural, puede garantizarse a esta cualidad un fundamento inviolable
y seguro. Sin referencia ontológica alguna, el reconocimiento de la dignidad
humana oscilaría a merced de valoraciones diversas y arbitrarias. La única
condición, por tanto, para que pueda hablarse de dignidad por sí misma
inherente a la persona es que ésta pertenezca a la especie humana, por lo que
«los derechos de la persona son los derechos humanos».[40]
Una referencia
objetiva para la libertad humana
25. En segundo
lugar, a veces también se abusa del concepto de dignidad humana para justificar
una multiplicación arbitraria de nuevos derechos, muchos de los cuales suelen
ser contrarios a los definidos originalmente y no pocas veces se ponen en
contradicción con el derecho fundamental a la vida,[41] como si hubiera que
garantizar la capacidad de expresar y realizar cada preferencia individual o
deseo subjetivo. La dignidad se identifica entonces con una libertad aislada e
individualista, que pretende imponer como “derechos”, garantizados y
financiados por la comunidad, ciertos deseos y preferencias que son subjetivas.
Pero la dignidad humana no puede basarse en estándares meramente individuales
ni identificarse únicamente con el bienestar psicofísico del individuo. Al
contrario, la defensa de la dignidad del ser humano se fundamenta en las
exigencias constitutivas de la naturaleza humana, que no dependen ni de la
arbitrariedad individual ni del reconocimiento social. Los deberes que se
derivan del reconocimiento de la dignidad del otro y los correspondientes
derechos que de ello se derivan tienen, por tanto, un contenido concreto y
objetivo, basado en la naturaleza humana común Sin esa referencia objetiva, el
concepto de dignidad queda sometido de hecho a las más diversas
arbitrariedades, así como a los intereses de poder.
La estructura
relacional de la persona humana
26. La dignidad de
la persona humana, a la luz del carácter relacional de la persona, ayuda también
a superar la perspectiva reductiva de una libertad autorreferencial e
individualista, que pretende crear los propios valores prescindiendo de las
normas objetivas del bien y de la relación con los demás seres vivos. Cada vez
más, de hecho, se corre el riesgo de restringir la dignidad humana a la
capacidad de decidir discrecionalmente sobre uno mismo y sobre su propio
destino, independientemente del de los demás, sin tener en cuenta la
pertenencia a la comunidad humana. En esta concepción tan errónea de la
libertad, los deberes y los derechos no pueden reconocerse mutuamente para que
cuidemos unos de otros. En realidad, como recuerda san Juan Pablo II, la
libertad es puesta «al servicio de la persona y de su realización mediante el
don de sí misma y la acogida del otro. Sin embargo, cuando la libertad es
absolutizada en clave individualista, se vacía de su contenido original y se
contradice en su misma vocación y dignidad».[42]
27. Así pues, la
dignidad del ser humano incluye también la capacidad, inherente a la propia
naturaleza humana, de asumir obligaciones hacia los otros.
28. La diferencia
entre el ser humano y el resto de los otros seres vivos, que resalta gracias al
concepto de dignidad, no debe hacernos olvidar la bondad de los demás seres
creados, que existen no sólo en función del ser humano, sino también con un
valor propio y, por tanto, como dones que le han sido confiados para que
custodiados y cultivados. Así, mientras se reserva al ser humano el concepto de
dignidad, se debe afirmar al mismo tiempo la bondad creatural del resto del
cosmos. Como subrayaba el Papa Francisco: «Precisamente por su dignidad única y
por estar dotado de inteligencia, el ser humano está llamado a respetar lo
creado con sus leyes internas […]: “Toda criatura posee su bondad y su
perfección propias […] Las distintas criaturas, queridas en su ser propio,
reflejan, cada una a su manera, un rayo de la sabiduría y de la bondad
infinitas de Dios. Por esto, el hombre debe respetar la bondad propia de cada
criatura para evitar un uso desordenado de las cosas”».[43] Todavía más, «hoy
nos vemos obligados a reconocer que sólo es posible sostener un
“antropocentrismo situado”. Es decir, reconocer que la vida humana es
incomprensible e insostenible sin las demás criaturas».[44] Desde esta
perspectiva, «no es irrelevante para nosotros que desaparezcan tantas especies,
que la crisis climática ponga en riesgo la vida de tantos seres».[45]
Pertenece, de hecho, a la dignidad del hombre el cuidado del ambiente, teniendo
en cuenta en particular aquella ecología humana que preserva su misma
existencia.
La liberación del
ser humano de condicionamientos morales y sociales
29. Estos
requisitos previos básicos, por muy necesarios que sean, no bastan para
garantizar el crecimiento de una persona en coherencia con su dignidad. Aun
cuando «Dios ha creado al hombre racional confiriéndole la dignidad de una
persona dotada de la iniciativa y del dominio de sus actos» en vista del bien,
el libre albedrío con frecuencia prefiere el mal al bien. Por eso la libertad
humana necesita a su vez ser liberada. En la carta a los Gálatas, «para la
libertad nos ha liberado Cristo» (Gal 5, 1), san Pablo recuerda la tarea propia
de cada cristiano, sobre cuyos hombros descansa una responsabilidad de
liberación que se extiende al mundo entero (cf. Rm 8,19ss). Se trata de una
liberación que, desde el corazón de cada persona está llamada a difundirse y a
manifestar su fuerza humanizadora en todas las relaciones.
30. La libertad es
un don maravilloso de Dios. Incluso cuando nos atrae con su gracia, Dios lo
hace de tal manera que nuestra libertad nunca se ve violentada. Por eso, sería
un grave error pensar que, lejos de Dios y de su ayuda, podemos ser más libres
y, en consecuencia, sentirnos más dignos. Desvinculada de su Creador, nuestra
libertad sólo puede debilitarse y oscurecerse. Lo mismo ocurre si la libertad
se imagina como independiente de cualquier referencia que no sea ella misma y
se percibe como una amenaza cualquier relación con una verdad precedente. Como
consecuencia, también fracasará el respeto por la libertad y la dignidad de los
demás. Así lo explicó el Papa Benedicto XVI: «una voluntad que se cree
radicalmente incapaz de buscar la verdad y el bien no tiene razones objetivas y
motivos para obrar, sino aquellos que provienen de sus intereses momentáneos y
pasajeros; no tiene una “identidad” que custodiar y construir a través de las
opciones verdaderamente libres y conscientes. No puede, pues, reclamar el
respeto por parte de otras “voluntades”, que también están desconectadas de su
ser más profundo, y que pueden hacer prevalecer otras “razones” o incluso
ninguna “razón”. La ilusión de encontrar en el relativismo moral la clave para
una pacífica convivencia, es en realidad el origen de la división y negación de
la dignidad de los seres humanos».[47]
31. Además, no
sería realista afirmar una libertad abstracta, libre de cualquier
condicionamiento, contexto o límite. Por el contrario, «el recto ejercicio de
la libertad personal exige unas determinadas condiciones de orden económico,
social, jurídico, político y cultural»[48], que a menudo no se cumplen. En este
sentido, podemos decir que unos son más “libres” que otros. El Papa Francisco
se ha detenido especialmente en este punto: «algunos nacen en familias de buena
posición económica, reciben buena educación, crecen bien alimentados, o poseen
naturalmente capacidades destacadas. Ellos seguramente no necesitarán un Estado
activo y sólo reclamarán libertad. Pero evidentemente no cabe la misma regla
para una persona con discapacidad, para alguien que nació en un hogar
extremadamente pobre, para alguien que creció con una educación de baja calidad
y con escasas posibilidades de curar adecuadamente sus enfermedades. Si la
sociedad se rige primariamente por los criterios de la libertad de mercado y de
la eficiencia, no hay lugar para ellos, y la fraternidad será una expresión
romántica más».[49] Por lo tanto, es indispensable comprender que «la
liberación de las injusticias promueve la libertad y la dignidad humana»[50] en
todos los niveles y relaciones de las acciones humanas. Para que sea posible
una auténtica libertad «tenemos que volver a llevar la dignidad humana al
centro y que sobre ese pilar se construyan las estructuras sociales
alternativas que necesitamos».[51] Análogamente, la libertad se ve
frecuentemente oscurecida por numerosos condicionamientos psicológicos,
históricos, sociales, educativos y culturales. La libertad real e histórica
siempre necesita ser “liberada”. Y se deberá, también, reafirmar el derecho fundamental
a la libertad religiosa.
32. Al mismo
tiempo, es evidente que la historia de la humanidad muestra un progreso en la
comprensión de la dignidad y la libertad de las personas, no sin sombras y
peligros de involución. Testigo de ello es la creciente aspiración – también
por influencia cristiana, que sigue siendo fermento incluso en una sociedad
cada vez más secularizada – a erradicar el racismo, la esclavitud y la
marginación de mujeres, niños, enfermos y personas con discapacidad. Pero este
arduo camino dista mucho de haber terminado.
4. Algunas
violaciones graves de la dignidad humana
33. A la luz de
las reflexiones hechas hasta ahora sobre la centralidad de la dignidad humana,
esta última sección de la Declaración aborda algunas violaciones concretas y
graves de la misma. Lo hace con el espíritu propio del magisterio de la
Iglesia, que ha encontrado su expresión plena en el magisterio de los últimos
Pontífices, como ya se ha recordado. Por ejemplo el Papa Francisco, por una
parte, no se cansa de pedir el respeto de la dignidad humana: «todo ser humano
tiene derecho a vivir con dignidad y a desarrollarse integralmente, y ese
derecho básico no puede ser negado por ningún país. Lo tiene aunque sea poco
eficiente, aunque haya nacido o crecido con limitaciones. Porque eso no
menoscaba su inmensa dignidad como persona humana, que no se fundamenta en las
circunstancias sino en el valor de su ser. Cuando este principio elemental no
queda a salvo, no hay futuro ni para la fraternidad ni para la sobrevivencia de
la humanidad».[52] Por otra parte, no deja nunca de señalar a todos las
violaciones concretas de la dignidad humana en nuestro tiempo, llamando a todos
y cada uno a una sacudida de responsabilidad y de compromiso activo.
34. Queriendo
señalar algunas de las muchas violaciones de la dignidad humana en nuestro
mundo contemporáneo, podemos recordar lo que el Concilio Vaticano II enseñó a
este respecto. Hay que reconocer que se opone a la dignidad humana «cuanto
atenta contra la vida – homicidios de cualquier clase, genocidios, aborto,
eutanasia y el mismo suicidio deliberado».[53] Atenta además contra nuestra
dignidad «cuanto viola la integridad de la persona humana, como, por ejemplo,
las mutilaciones, las torturas morales o físicas, los conatos sistemáticos para
dominar la mente ajena».[54] Y finalmente «cuanto ofende a la dignidad humana,
como son las condiciones infrahumanas de vida, las detenciones arbitrarias, las
deportaciones, la esclavitud, la prostitución, la trata de blancas y de
jóvenes; o las condiciones laborales degradantes, que reducen al operario al
rango de mero instrumento de lucro, sin respeto a la libertad y a la
responsabilidad de la persona humana».[55] Será necesario también mencionar
aquí el tema de la pena de muerte:[56] también esta última viola la dignidad
inalienable de toda persona humana más allá de cualquier circunstancia. Por el
contrario, hay que reconocer que «el firme rechazo de la pena de muerte muestra
hasta qué punto es posible reconocer la inalienable dignidad de todo ser humano
y aceptar que tenga un lugar en este universo. Ya que, si no se lo niego al
peor de los criminales, no se lo negaré a nadie, daré a todos la posibilidad de
compartir conmigo este planeta a pesar de lo que pueda separarnos».[57] También
parece oportuno reiterar la dignidad de las personas encarceladas, que a menudo
se ven obligadas a vivir en condiciones indignas, y que la práctica de la
tortura atenta contra la dignidad de todo ser humano más allá de todo límite,
incluso si alguien es culpable de delitos graves.
35. Sin pretender
ser exhaustivos, a continuación llamamos la atención sobre algunas violaciones
graves de la dignidad humana que son de especial actualidad.
El drama de la
pobreza
36. Uno de los
fenómenos que más contribuye a negar la dignidad de tantos seres humanos es la
pobreza extrema, ligada a la desigual distribución de la riqueza. Como ya fue
subrayado por san Juan Pablo II, «una de las mayores injusticias del mundo
contemporáneo consiste precisamente en esto: en que son relativamente pocos los
que poseen mucho, y muchos los que no poseen casi nada. Es la injusticia de la
mala distribución de los bienes y servicios destinados originariamente a
todos.».[58] Además, sería ilusorio hacer una distinción superficial entre
“Países ricos” y “Países pobres”. Benedicto XVI ya reconoció, de hecho, que «la
riqueza mundial crece en términos absolutos, pero aumentan también las
desigualdades. En los países ricos, nuevas categorías sociales se empobrecen y
nacen nuevas pobrezas. En las zonas más pobres, algunos grupos gozan de un tipo
de superdesarrollo derrochador y consumista, que contrasta de modo inaceptable
con situaciones persistentes de miseria deshumanizadora. Se sigue produciendo
“el escándalo de las disparidades hirientes”»,[59] donde la dignidad de los
pobres es doblemente negada, tanto por la falta de recursos disponibles para
satisfacer sus necesidades básicas, como por la indiferencia con que son
tratados por quienes viven junto a ellos.
37. Por tanto, con
el Papa Francisco hay que concluir que «aumentó la riqueza, pero con inequidad,
y así lo que ocurre es que “nacen nuevas pobrezas”. Cuando dicen que el mundo
moderno redujo la pobreza, lo hacen midiéndola con criterios de otras épocas no
comparables con la realidad actual».[60] Como resultado, la pobreza se extiende
«de múltiples maneras, como en la obsesión por reducir los costos laborales,
que no advierte las graves consecuencias que esto ocasiona, porque el desempleo
que se produce tiene como efecto directo expandir las fronteras de la
pobreza».[61] Entre estos «destructores efectos del Imperio del dinero»,[62] se
debe reconocer che «no existe peor pobreza que aquella que priva del trabajo y
de la dignidad del trabajo».[63] Si algunos nacen en un país o en una familia
donde tienen menos oportunidades de desarrollo, hay que reconocer que eso está
reñido con su dignidad, que es exactamente la misma que la de quienes nacen en
una familia o en un país ricos. Todos somos responsables, aunque en diversos
grados, de esta flagrante desigualdad.
La guerra
38. Otra tragedia
que niega la dignidad humana es la que provoca la guerra, hoy como en todos los
tiempos: «guerras, atentados, persecuciones por motivos raciales o religiosos,
y tantas afrentas contra la dignidad humana […] van “multiplicándose
dolorosamente en muchas regiones del mundo, hasta asumir las formas de la que
podría llamar una ‘tercera guerra mundial en etapas’”».[64] Con su estela de
destrucción y dolor, la guerra atenta contra la dignidad humana a corto y largo
plazo: «incluso reafirmando el derecho inalienable a la legítima defensa, así
como la responsabilidad de proteger aquellos cuya existencia está amenazada,
debemos admitir que la guerra siempre es una “derrota de la humanidad”. Ninguna
guerra vale las lágrimas de una madre que ha visto a su hijo mutilado o muerto;
ninguna guerra vale la pérdida de la vida, aunque sea de una sola persona
humana, ser sagrado, creado a imagen y semejanza del Creador; ninguna guerra
vale el envenenamiento de nuestra Casa Común; y ninguna guerra vale la
desesperación de los que están obligados a dejar su patria y son privados, de
un momento a otro, de su casa y de todos los vínculos familiares, de amistad,
sociales y culturales que se han construido, a veces a través de
generaciones».[65] Todas las guerras, por el mero hecho de contradecir la
dignidad humana, son «conflictos que no resolverán los problemas, sino que los
aumentarán».[66] Esto es aún más grave en nuestra época, en la que se ha
convertido en normal que, fuera del campo de batalla, mueran tantos civiles
inocentes.
39. En
consecuencia, aún hoy la Iglesia no puede dejar de hacer suyas las palabras de
los Pontífices, repitiendo con san Pablo VI: «¡Nunca jamás guerra! ¡Nunca jamás
guerra!»,[67] y pidiendo, junto a san Juan Pablo II, «a todos en nombre de Dios
y en nombre del hombre: ¡no matéis! ¡No preparéis a los hombres destrucciones y
exterminio! ¡Pensad en vuestros hermanos que sufren hambre y miseria! ¡Respetad
la dignidad y la libertad de cada uno!».[68] Precisamente en nuestro tiempo,
éste es el grito de la Iglesia y de toda la humanidad. Por último, el Papa
Francisco subraya que «no podemos pensar en la guerra como solución, debido a
que los riesgos probablemente siempre serán superiores a la hipotética utilidad
que se le atribuya. Ante esta realidad, hoy es muy difícil sostener los
criterios racionales madurados en otros siglos para hablar de una posible
“guerra justa”. ¡Nunca más la guerra!».[69] Como la humanidad vuelve a caer a
menudo en los mismos errores del pasado, «para construir la paz es necesario
salir de la lógica de la legitimidad de la guerra».[70] La íntima relación que
existe entre fe y dignidad humana hace contradictorio que se fundamente la
guerra sobre convicciones religiosas: «quien invoca el nombre de Dios para
justificar el terrorismo, la violencia y la guerra, no sigue el camino de Dios:
la guerra en nombre de la religión es una guerra contra la religión misma».[71]
El trabajo de los
emigrantes
40. Los emigrantes
están entre las primeras victimas de las múltiples formas de pobreza. No es
solo que su dignidad viene negada en sus países,[72] sino que su misma vida es
puesta en riesgo porque no tienen los medios para crear una familia, para
trabajar o para alimentarse.[73] Una vez llegados a los países que deberían
poder recibirlos, «no son considerados suficientemente dignos para participar
en la vida social como cualquier otro, y se olvida que tienen la misma dignidad
intrínseca de cualquier persona. […] Nunca se dirá que no son humanos pero, en
la práctica, con las decisiones y el modo de tratarlos, se expresa que se los
considera menos valiosos, menos importantes, menos humanos».[74] Por tanto, es
siempre urgente recordar que «todo emigrante es una persona humana que, en
cuanto tal, posee derechos fundamentales inalienables que han de ser respetados
por todos y en cualquier situación».[75] Su acogida es una forma importante y
significativa de defender «la inalienable dignidad de cada persona humana más
allá de su origen, color o religión».[76]
La trata de
personas
41. La trata de
personas también debe considerarse una grave violación de la dignidad
humana.[77] Esto no constituye una novedad, pero su desarrollo adquiere
dimensiones trágicas que están a la vista de todos, por lo que el Papa
Francisco lo ha denunciado en términos particularmente enérgicos: «reafirmo que
la “trata de personas” es una actividad innoble, una vergüenza para nuestras
sociedades que se consideran civilizadas. ¡Explotadores y clientes a todos los
niveles deberían hacer un serio examen de conciencia ante sí mismos y ante
Dios! La Iglesia renueva hoy su fuerte llamamiento para que se defienda siempre
la dignidad y la centralidad de toda persona, en el respeto de los derechos
fundamentales, como destaca su doctrina social, y pide que los derechos se
extiendan realmente allí donde no se los reconoce a millones de hombres y
mujeres en todos los continentes. En un mundo en el que se habla mucho de
derechos, ¡cuántas veces se ultraja de hecho la dignidad humana! En un mundo
donde se habla tanto de derechos, parece que el dinero es el único que los
tiene. Queridos hermanos y hermanas, vivimos en un mundo donde manda el dinero.
Vivimos en un mundo, en una cultura donde reina el fetichismo del dinero».[78]
42. Por estos
motivos, la Iglesia y la humanidad no deben abandonar la lucha contra fenómenos
como el «comercio de órganos y tejidos humanos, explotación sexual de niños y
niñas, trabajo esclavo, incluyendo la prostitución, tráfico de drogas y de
armas, terrorismo y crimen internacional organizado. Es tal la magnitud de
estas situaciones y el grado de vidas inocentes que va cobrando, que hemos de
evitar toda tentación de caer en un nominalismo declaracionista con efecto
tranquilizador en las conciencias. Debemos cuidar que nuestras instituciones
sean realmente efectivas en la lucha contra todos estos flagelos».[79] Ante
formas tan diversas y brutales de negación de la dignidad humana, es necesario
ser cada vez más conscientes de que «la trata de personas es un crimen contra la
humanidad».[80] Niega en sustancia la dignidad humana al menos de dos formas:
«desfigura la humanidad de la víctima, ofendiendo su libertad y su dignidad.
Pero, al mismo tiempo, deshumaniza a quienes la llevan a cabo».[81]
Los abusos
sexuales
43. La profunda
dignidad inherente al ser humano en su totalidad de mente y cuerpo nos permite
comprender también por qué todo abuso sexual deja profundas cicatrices en el
corazón de quienes lo sufren: éstos están, de hecho, heridos en su dignidad
humana. Se trata de «sufrimientos que pueden llegar a durar toda la vida y a
los que ningún arrepentimiento puede poner remedio. Este fenómeno está muy
difundido en la sociedad, afecta también a la Iglesia y representa un serio
obstáculo para su misión».[82] De ahí su inquebrantable compromiso de poner fin
a cualquier tipo de abuso, empezando desde dentro.
Las violencias
contra las mujeres
44. Las violencias
contra las mujeres es un escándalo global, cada vez más reconocido. Aunque de
palabra se reconoce la igual dignidad de la mujer, en algunos países las
desigualdades entre mujeres y varones son muy graves e incluso en los países
más desarrollados y democráticos la realidad social concreta atestigua que a
menudo no se reconoce a la mujer la misma dignidad que al varón. El Papa
Francisco subraya este hecho cuando afirma que «la organización de las
sociedades en todo el mundo todavía está lejos de reflejar con claridad que las
mujeres tienen exactamente la misma dignidad e idénticos derechos que los
varones. Se afirma algo con las palabras, pero las decisiones y la realidad
gritan otro mensaje. Es un hecho que “doblemente pobres son las mujeres que
sufren situaciones de exclusión, maltrato y violencia, porque frecuentemente se
encuentran con menores posibilidades de defender sus derechos”».[83]
45. Ya san Juan
Pablo II reconocía que «aún queda mucho por hacer para que el ser mujer y madre
no comporte una discriminación. Es urgente alcanzar en todas partes la efectiva
igualdad de los derechos de la persona y por tanto igualdad de salario respecto
a igualdad de trabajo, tutela de la trabajadora-madre, justas promociones en la
carrera, igualdad de los esposos en el derecho de familia, reconocimiento de
todo lo que va unido a los derechos y deberes del ciudadano en un régimen
democrático».[84] Las desigualdades en estos aspectos son distintas formas de
violencia. También recordó que «es hora de condenar con determinación,
empleando los medios legislativos apropiados de defensa, las formas de
violencia sexual que con frecuencia tienen por objeto a las mujeres. En nombre
del respeto de la persona no podemos además no denunciar la difundida cultura
hedonística y comercial que promueve la explotación sistemática de la sexualidad,
induciendo a chicas incluso de muy joven edad a caer en los ambientes de la
corrupción y hacer un uso mercenario de su cuerpo».[85] Entre las formas de
violencia ejercidas contera las mujeres, ¿cómo no mencionar la coacción al
aborto, que afecta tanto a la madre como al hijo, tan a menudo para satisfacer
el egoísmo de los varones? ¿Y cómo no mencionar también la práctica de la
poligamia que – como recuerda el Catecismo de la Iglesia Católica – es
contraria a la igual dignidad de mujeres y varones y también es contraria a «al
amor conyugal que es único y exclusivo»?[86]
46. Es este
horizonte de violencia contra las mujeres, no se condenará nunca de forma
suficiente el fenómeno del feminicidio. En este frente, el compromiso de toda
la comunidad internacional debe ser sólido y concreto, como ha reiterado el
Papa Francisco: «el amor a María nos tiene que ayudar a generar actitudes de
reconocimiento y gratitud frente a la mujer, frente a nuestras madres y abuelas
que son un bastión en la vida de nuestras ciudades. Casi siempre silenciosas
llevan la vida adelante. Es el silencio y la fuerza de la esperanza. Gracias
por su testimonio […] pero mirando a las madres y a las abuelas, quiero
invitarlos a luchar contra una plaga que afecta a nuestro continente americano:
los numerosos casos de feminicidio. Y son muchas las situaciones de violencia
que quedan silenciadas detrás de tantas paredes. Los invito a luchar contra
esta fuente de sufrimiento pidiendo que se promueva una legislación y una
cultura de repudio a toda forma de violencia».[87]
El aborto
47. La Iglesia no
cesa de recordar que «la dignidad de todo ser humano tiene un carácter
intrínseco y vale desde el momento de su concepción hasta su muerte natural.
Precisamente la afirmación de tal dignidad es el presupuesto irrenunciable para
la tutela de una existencia personal y social, y también la condición necesaria
para que la fraternidad y la amistad social puedan realizarse en todos los
pueblos de la tierra».[88] Sobre la base de este valor intangible de la vida
humana, el magisterio eclesial se ha siempre pronunciado contra el aborto. Al
respecto escribe san Juan Pablo II: «entre todos los delitos que el hombre
puede cometer contra la vida, el aborto procurado presenta características que
lo hacen particularmente grave e ignominioso […] Hoy, sin embargo, la
percepción de su gravedad se ha ido debilitando progresivamente en la
conciencia de muchos. La aceptación del aborto en la mentalidad, en las
costumbres y en la misma ley es señal evidente de una peligrosísima crisis del
sentido moral, que es cada vez más incapaz de distinguir entre el bien y el
mal, incluso cuando está en juego el derecho fundamental a la vida. Ante una
situación tan grave, se requiere más que nunca el valor de mirar de frente a la
verdad y de llamar a las cosas por su nombre, sin ceder a compromisos de
conveniencia o a la tentación de autoengaño. A este propósito resuena
categórico el reproche del Profeta: “¡Ay, los que llaman al mal bien, y al bien
mal!; que dan oscuridad por luz, y luz por oscuridad” (Is 5, 20). Precisamente
en el caso del aborto se percibe la difusión de una terminología ambigua, como
la de “interrupción del embarazo”, que tiende a ocultar su verdadera naturaleza
y a atenuar su gravedad en la opinión pública. Quizás este mismo fenómeno
lingüístico sea síntoma de un malestar de las conciencias. Pero ninguna palabra
puede cambiar la realidad de las cosas: el aborto procurado es la eliminación
deliberada y directa, como quiera que se realice, de un ser humano en la fase inicial
de su existencia, que va de la concepción al nacimiento».[89] Los niños que van
a nacer «son los más indefensos e inocentes de todos, a quienes hoy se les
quiere negar su dignidad humana en orden a hacer con ellos lo que se quiera,
quitándoles la vida y promoviendo legislaciones para que nadie pueda
impedirlo».[90] Se deberá, por tanto, afirmar con total fuerza y claridad,
también en nuestro tiempo, que «esta defensa de la vida por nacer está
íntimamente ligada a la defensa de cualquier derecho humano. Supone la
convicción de que un ser humano es siempre sagrado e inviolable, en cualquier
situación y en cada etapa de su desarrollo. Es un fin en sí mismo y nunca un
medio para resolver otras dificultades. Si esta convicción cae, no quedan
fundamentos sólidos y permanentes para defender los derechos humanos, que
siempre estarían sometidos a conveniencias circunstanciales de los poderosos de
turno. La sola razón es suficiente para reconocer el valor inviolable de
cualquier vida humana, pero si además la miramos desde la fe, “toda violación
de la dignidad personal del ser humano grita venganza delante de Dios y se
configura como ofensa al Creador del hombre”».[91] Merece mencionarse aquí el
compromiso generoso y valiente de santa Teresa de Calcuta en defensa de todo
concebido.
La maternidad
subrogada
48. La Iglesia,
también, se posiciona en contra de la práctica de la maternidad subrogada,
mediante la cual el niño, inmensamente digno, se convierte en un mero objeto. A
este respecto, las palabras del Papa Francisco son de una claridad única: «el
camino hacia la paz exige el respeto de la vida, de toda vida humana, empezando
por la del niño no nacido en el seno materno, que no puede ser suprimida ni
convertirse en un producto comercial. En este sentido, considero deplorable la
práctica de la llamada maternidad subrogada, que ofende gravemente la dignidad
de la mujer y del niño; y se basa en la explotación de la situación de
necesidad material de la madre. Un hijo es siempre un don y nunca el objeto de
un contrato. Por ello, hago un llamamiento para que la Comunidad internacional
se comprometa a prohibir universalmente esta práctica».[92]
49. La práctica de
la maternidad subrogada viola, ante todo, la dignidad del niño. En efecto, todo
niño, desde el momento de su concepción, de su nacimiento, y luego al crecer
como joven, convirtiéndose en adulto, posee una dignidad intangible que se
expresa claramente, aunque de manera singular y diferenciada, en cada etapa de
su vida. Por tanto, el niño tiene derecho, en virtud de su dignidad
inalienable, a tener un origen plenamente humano y no inducido artificialmente,
y a recibir el don de una vida que manifieste, al mismo tiempo, la dignidad de
quien la da y de quien la recibe. El reconocimiento de la dignidad de la
persona humana implica también el reconocimiento de la dignidad de la unión
conyugal y de la procreación humana en todas sus dimensiones. En este sentido,
el deseo legítimo de tener un hijo no puede convertirse en un “derecho al hijo”
que no respete la dignidad del propio hijo como destinatario del don gratuito
de la vida. [93]
50. La práctica de
la maternidad subrogada viola, al mismo tiempo, la dignidad de la propia mujer
que o se ve obligada a ello o decide libremente someterse. Con esta práctica,
la mujer se desvincula del hijo que crece en ella y se convierte en un mero
medio al servicio del beneficio o del deseo arbitrario de otros. Esto se
contrapone, totalmente, con la dignidad fundamental de todo ser humano y su
derecho a ser reconocido siempre por sí mismo y nunca como instrumento para
otra cosa.
La eutanasia y el
suicidio asistido
51. Hay un caso
particular de violación de la dignidad humana, más silencioso pero que está
ganando mucho terreno. Tiene la peculiaridad de utilizar un concepto erróneo de
la dignidad humana para volverla contra la vida misma. Esta confusión, muy
común hoy en día, sale a la luz cuando se habla de eutanasia. Por ejemplo, las
leyes que reconocen la posibilidad de la eutanasia o el suicidio asistido se
denominan a veces “leyes de muerte digna” (“death with dignity acts”). Está muy
extendida la idea de que la eutanasia o el suicidio asistido son compatibles
con el respeto a la dignidad de la persona humana. Frente a este hecho, hay que
reafirmar con fuerza que el sufrimiento no hace perder al enfermo esa dignidad
que le es intrínseca e inalienablemente propia, sino que puede convertirse en
una oportunidad para reforzar los lazos de pertenencia mutua y tomar mayor
conciencia de lo preciosa que es cada persona para el conjunto de la humanidad.
52. Ciertamente,
la dignidad del enfermo, en condiciones críticas o terminales, exige que todos
realicen los esfuerzos adecuados y necesarios para aliviar su sufrimiento
mediante unos cuidados paliativos apropiados y evitando cualquier encarnizamiento
terapéutico o intervención desproporcionada. Estos cuidados responden al
«constante deber de comprender las necesidades del enfermo: necesidad de
asistencia, de alivio del dolor, necesidades emotivas, afectivas y
espirituales».[94] Pero tal esfuerzo es totalmente distinto, diferente, incluso
contrario a la decisión de eliminar la propia vida o la de los demás bajo el
peso del sufrimiento. La vida humana, incluso en su condición dolorosa, es
portadora de una dignidad que debe respetarse siempre, que no puede perderse y
cuyo respeto permanece incondicional. En efecto, no hay condiciones en ausencia
de las cuales la vida humana deje de ser digna y pueda, por tanto, suprimirse:
«la vida tiene la misma dignidad y el mismo valor para todos y cada uno: el respeto
de la vida del otro es el mismo que se debe a la propia existencia».[95] Ayudar
al suicida a quitarse la vida es, por tanto, una ofensa objetiva contra la
dignidad de la persona que lo pide, aunque con ello se cumpliese su deseo:
«debemos acompañar a la muerte, pero no provocar la muerte o ayudar cualquier
forma de suicidio. Recuerdo que se debe privilegiar siempre el derecho al
cuidado y al cuidado para todos, para que los más débiles, en particular los
ancianos y los enfermos, nunca sean descartados. La vida es un derecho, no la
muerte, que debe ser acogida, no suministrada. Y este principio ético concierne
a todos, no solo a los cristianos o a los creyentes».[96] Como ya se ha dicho,
la dignidad de cada persona, por débil o sufriente que sea, implica a la
dignidad de todos.
El descarte de las
personas con discapacidad
53. Un criterio
para verificar la atención real a la dignidad de cada individuo es, obviamente,
la atención prestada a los más desfavorecidos. Nuestro tiempo, por desgracia,
no se distingue mucho por esa atención: en verdad, se está imponiendo una
cultura del descarte.[97] Para contrarrestar esta tendencia, merece especial
atención y solicitud la condición de quienes se encuentran en situación de
déficit físico o psíquico. Esta condición de especial vulnerabilidad,[98] tan
relevante en los relatos evangélicos, cuestiona universalmente lo que significa
ser una persona humana, precisamente desde un estado de deficiencia o
discapacidad. La cuestión de la imperfección humana tiene también claras
implicaciones desde el punto de vista sociocultural, ya que, en algunas
culturas, las personas con discapacidad sufren a veces marginación, cuando no
opresión, al ser tratadas como auténticos “descartados”. En realidad, todo ser
humano, sea cual sea su condición de vulnerabilidad, recibe su dignidad por el
hecho mismo de ser querido y amado por Dios. Por estas razones, debe fomentarse
en la medida de lo posible la inclusión y la participación activa en la vida
social y eclesial de todos aquellos que, de alguna manera, están marcados por
la fragilidad o la discapacidad.[99]
54. En una
perspectiva más amplia, se deberá recordar que la «caridad, corazón del
espíritu de la política, es siempre un amor preferencial por los últimos, que
está detrás de todas las acciones que se realicen a su favor los pobres […]
“preocuparse de la fragilidad, de la fragilidad de los pueblos y de las
personas. Cuidar la fragilidad quiere decir fuerza y ternura, lucha y
fecundidad, en medio de un modelo funcionalista y privatista que conduce
inexorablemente a la ‘cultura del descarte’. […] Significa hacerse cargo del
presente en su situación más marginal y angustiante, y ser capaz de dotarlo de
dignidad”. Así ciertamente se genera una actividad intensa, porque “hay que
hacer lo que sea para salvaguardar la condición y dignidad de la persona
humana”».[100]
La teoría de
género
55. La Iglesia
desea, ante todo, «reiterar que toda persona, independientemente de su
tendencia sexual, ha de ser respetada en su dignidad y acogida con respeto,
procurando evitar «todo signo de discriminación injusta», y particularmente
cualquier forma de agresión y violencia».[101] Por ello, hay que denunciar como
contrario a la dignidad humana que en algunos lugares se encarcele, torture e
incluso prive del bien de la vida, a no pocas personas, únicamente por su
orientación sexual.
56. Al mismo
tiempo, la Iglesia destaca los decisivos elementos críticos presentes en la
teoría de género. A este respecto, el Papa Francisco recordó: «el camino hacia
la paz exige el respeto de los derechos humanos, según la sencilla pero clara
formulación contenida en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, cuyo
75 aniversario hemos celebrado recientemente. Se trata de principios
racionalmente evidentes y comúnmente aceptados. Desgraciadamente, los intentos
que se han producido en las últimas décadas de introducir nuevos derechos, no
del todo compatibles respecto a los definidos originalmente y no siempre
aceptables, han dado lugar a colonizaciones ideológicas, entre las que ocupa un
lugar central la teoría de género, que es extremadamente peligrosa porque borra
las diferencias en su pretensión de igualar a todos».[102]
57. Con respecto a
la teoría de género, sobre cuya consistencia científica se debate mucho en la
comunidad de expertos, la Iglesia recuerda que la vida humana, en todos sus
componentes, físicos y espirituales, es un don de Dios, que debe ser acogido
con gratitud y puesto al servicio del bien. Querer disponer de sí mismo, como
prescribe la teoría de género, sin tener en cuenta esta verdad fundamental de
la vida humana como don, no significa otra cosa que ceder a la vieja tentación
de que el ser humano se convierta en Dios y entre en competencia con el
verdadero Dios del amor que nos revela el Evangelio.
58. Un segundo
aspecto sobre la teoría de género es que pretende negar la mayor diferencia
posible entre los seres vivos: la diferencia sexual. Esta diferencia
constitutiva no sólo es la mayor imaginable, sino también la más bella y la más
poderosa: logra, en la pareja varón-mujer, la reciprocidad más admirable y es,
por tanto, la fuente de ese milagro que nunca deja de asombrarnos que es la
llegada de nuevos seres humanos al mundo.
59. En este
sentido, el respeto del propio cuerpo y de aquel de los otros es esencial ante
la proliferación y reivindicación de nuevos derechos que avanza la teoría de
género. Esta ideología «presenta una sociedad sin diferencias de sexo, y vacía
el fundamento antropológico de la familia».[103] Por tanto, resulta inaceptable
que «algunas ideologías de este tipo, que pretenden responder a ciertas
aspiraciones a veces comprensibles, procuren imponerse como un pensamiento
único que determine incluso la educación de los niños. No hay que ignorar que
“el sexo biológico (sex) y el papel sociocultural del sexo (gender), se pueden
distinguir pero no separar”».[104] Por lo tanto, debe rechazarse todo intento
de ocultar la referencia a la evidente diferencia sexual entre hombres y
mujeres: «no podemos separar lo que es masculino y femenino de la obra creada
por Dios, que es anterior a todas nuestras decisiones y experiencias, donde hay
elementos biológicos que es imposible ignorar».[105] Sólo cuando cada persona
humana puede reconocer y aceptar esta diferencia en reciprocidad es capaz de
descubrirse plenamente a sí misma, su dignidad y su identidad.
El cambio de sexo
60. La dignidad
del cuerpo no puede considerarse inferior a la de la persona como tal. El
Catecismo de la Iglesia Católica nos invita expresamente a reconocer que «el
cuerpo del hombre participa de la dignidad de la “imagen de Dios”».[106] Tal
verdad merece ser recordada especialmente cuando se trata del cambio de sexo.
En efecto, el ser humano está inseparablemente compuesto de cuerpo y alma, y el
cuerpo es el lugar vivo donde se despliega y manifiesta la interioridad del
alma, incluso a través de la red de relaciones humanas. Constituyendo el ser de
la persona, alma y cuerpo participan así de esa dignidad que caracteriza a todo
ser humano.[107] En este sentido, hay que recordar que el cuerpo humano
participa de la dignidad de la persona, ya que está dotado de significados
personales, especialmente en su condición sexual.[108] Es en el cuerpo, de
hecho, donde cada persona se reconoce generada por los demás, y es a través de
su cuerpo que el varón y la mujer pueden establecer una relación de amor capaz
de generar a otras personas. Sobre la necesidad de respetar el orden natural de
la persona humana, el Papa Francisco enseña que «lo creado nos precede y debe
ser recibido como don. Al mismo tiempo, somos llamados a custodiar nuestra
humanidad, y eso significa ante todo aceptarla y respetarla como ha sido
creada».[109] De ahí que toda operación de cambio de sexo, por regla general,
corra el riesgo de atentar contra la dignidad única que la persona ha recibido
desde el momento de la concepción. Esto no significa que se excluya la
posibilidad que una persona afectada por anomalías genitales, que ya son
evidentes al nacer o que se desarrollan posteriormente, pueda optar por recibir
asistencia médica con el objetivo de resolver esas anomalías. En este caso, la
operación no constituiría un cambio de sexo en el sentido que aquí se entiende.
La violencia
digital
61. El avance de
las tecnologías digitales, aunque ofrece muchas posibilidades para promover la
dignidad humana, tiende cada vez más a crear un mundo en el que crecen la
explotación, la exclusión y la violencia, que pueden llegar a atentar contra la
dignidad de la persona humana. Basta pensar en lo fácil que es, a través de estos
medios, poner en peligro la buena reputación de cualquier persona con noticias
falsas y calumnias. Sobre este punto el Papa Francisco subraya que «no es sano
confundir la comunicación con el mero contacto virtual. De hecho, el ambiente
digital también es un territorio de soledad, manipulación, explotación y
violencia, hasta llegar al caso extremo del dark web. Los medios de
comunicación digitales pueden exponer al riesgo de dependencia, de aislamiento
y de progresiva pérdida de contacto con la realidad concreta, obstaculizando el
desarrollo de relaciones interpersonales auténticas. Nuevas formas de violencia
se difunden mediante los social media, por ejemplo el ciberacoso; la web
también es un canal de difusión de la pornografía y de explotación de las personas
para fines sexuales o mediante el juego de azar”».[110] Y así es como, allí
donde crecen las posibilidades de conexión, ocurre paradójicamente que todo el
mundo se encuentra en realidad cada vez más aislado y empobrecido de relaciones
interpersonales: «en la comunicación digital se quiere mostrar todo y cada
individuo se convierte en objeto de miradas que hurgan, desnudan y divulgan,
frecuentemente de manera anónima. El respeto al otro se hace pedazos y, de esa
manera, al mismo tiempo que lo desplazo, lo ignoro y lo mantengo lejos, sin
pudor alguno puedo invadir su vida hasta el extremo».[111] Estas tendencias
representan el lado oscuro del progreso digital.
62. Desde esta
perspectiva, si la tecnología ha de estar al servicio de la dignidad humana y
no perjudicarla, y si ha de promover la paz en lugar de la violencia, la
comunidad humana debe ser proactiva a la hora de abordar estas tendencias
respetando la dignidad humana y promover el bien: «en este mundo globalizado
“los medios de comunicación pueden ayudar a que nos sintamos más cercanos los
unos de los otros, a que percibamos un renovado sentido de unidad de la familia
humana que nos impulse a la solidaridad y al compromiso serio por una vida más
digna para todos. […] Pueden ayudarnos en esta tarea, especialmente hoy, cuando
las redes de la comunicación humana han alcanzado niveles de desarrollo
inauditos. En particular, internet puede ofrecer mayores posibilidades de
encuentro y de solidaridad entre todos; y esto es algo bueno, es un don de Dios”.
Pero es necesario verificar constantemente que las actuales formas de
comunicación nos orienten efectivamente al encuentro generoso, a la búsqueda
sincera de la verdad íntegra, al servicio, a la cercanía con los últimos, a la
tarea de construir el bien común».[112]
Conclusión
63. En el 75
aniversario de la promulgación de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos (1948), el Papa Francisco reiteró que ese documento «es como una vía
maestra, sobre la que se han dado muchos pasos adelante, pero faltan todavía
tantos, y a veces, desafortunadamente, se vuelve atrás. ¡El compromiso con los
derechos humanos nunca se acaba! A este respecto, estoy cerca de todos aquellos
que, sin proclamas, en la vida concreta de cada día luchan y pagan en persona
por defender los derechos de los que no cuentan».[113]
64. Es en este
espíritu, con esta Declaración, en el que la Iglesia exhorta ardientemente a
que el respeto de la dignidad de la persona humana, más allá de toda
circunstancia, se sitúe en el centro del compromiso por el bien común y de todo
ordenamiento jurídico. En efecto, el respeto de la dignidad de todos y de cada
uno, es la base indispensable para la existencia misma de toda sociedad que pretenda
fundarse en el derecho justo y no en la fuerza del poder. Es sobre la base del
reconocimiento de la dignidad humana como se sostienen los derechos humanos
fundamentales, que preceden y sustentan toda convivencia civilizada.[114]
65. Cada persona individual
y, al mismo tiempo, cada comunidad humana tiene, por tanto, la tarea de la
realización concreta y efectiva de la dignidad humana, mientras que corresponde
a los Estados no sólo protegerla, sino también garantizar las condiciones
necesarias para que florezca en la promoción integral de la persona humana: «en
la actividad política hay que recordar que “más allá de toda apariencia, cada
uno es inmensamente sagrado y merece nuestro cariño y nuestra entrega”».[115]
66. También hoy,
ante tantas violaciones de la dignidad humana, que amenazan gravemente el
futuro de la humanidad, la Iglesia no cesa de alentar la promoción de la
dignidad de toda persona humana, cualesquiera que sean sus cualidades físicas,
psíquicas, culturales, sociales y religiosas. Lo hace con esperanza, segura de
la fuerza que brota de Cristo resucitado, que ha llevado ya a su plenitud
definitiva la dignidad integral de todo varón y de toda mujer. Esta certeza se
convierte en un llamamiento en las palabras del Papa Francisco a cada uno de
nosotros: «a cada persona de este mundo le pido que no olvide esa dignidad suya
que nadie tiene derecho a quitarle».[116]
El Sumo Pontífice
Francisco, en la Audiencia concedida al suscrito Prefecto junto al Secretario
para la Sección Doctrinal del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, el día de
25 marzo de 2024, ha aprobado la presente Declaración, decidida en la Sesión
Ordinaria de este Dicasterio con fecha 28 de febrero de 2024, y ha ordenado su
publicación.
Dado en Roma, en
la sede del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, el 2 de abril de 2024, 19°
aniversario de la muerte de san Juan Pablo II.
Víctor Manuel
Card. Fernández
Prefecto
Mons. Armando
Matteo
Secretario para la
Sección Doctrinal
EX AUDIENTIA DIE
25.03.2024
FRANCISCUS
_______________________
[1] S. Juan Pablo
II, Ángelus con personas con discapacidad en la Iglesia Catedral de Osnabrück
(16 noviembre 1980): Insegnamenti III/2 (1980), 1232.
[2] Francisco,
Exhort. ap. Laudate Deum (4 octubre 2023), n. 39: L’Osservatore Romano (4
octubre 2023), III.
[3] En el 1948,
las Naciones Unidas adoptaron la Declaración Universal de los Derechos Humanos,
que se compone de treinta artículos. La palabra “dignidad” aparece cinco veces,
en puntos estratégicos: en las primeras palabras del Preámbulo y en la primera
frase del Artículo Primero. Esta dignidad viene declarada como «intrínseca […]
a todos los miembros de la familia humana» (Preámbulo) y «todos los seres
humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos» (Artículo 1).
[4] Atendiendo
solo a la época moderna, se ve como la Iglesia ha progresivamente acentuado la
importancia de la dignidad humana. El tema fue desarrollado especialmente en la
Encíclica Rerum novarum (1891) de Papa León XIII, en la Encíclica Quadragesimo
anno (1931) de Papa Pio XI y en el Discurso al Congreso de la Unión Católica
Italiana de Obstetras (1951) de Papa Pio XII. Después, el Concilio Vaticano II
ha profundizado de modo particular esta temática, dedicando un documento
completo al tema con la Declaración Dignitatis humanae (1965) y discutiendo
también sobre la libertad humana en la Constitución pastoral Gaudium et spes
(1965).
5] S. Pablo VI,
Audiencia general (4 septiembre 1968): Insegnamenti VI (1968), 886.
[6] S. Juan Pablo
II, Discurso a la III Conferencia General del Episcopado Latinoamericano (28
enero 1979), III.1-III.2: Insegnamenti II/1 (1979), 202-203.
[7] Benedicto XVI,
Discurso a los participantes a la Asamblea General de la Pontificia Academia
para la Vida (13 febrero 2010): Insegnamenti VI/1 (2011), 218.
[8] Benedicto XVI,
Discurso a los participantes de la reunión del Banco del Desarrollo del Consejo
de Europa, (12 junio 2010): Insegnamenti VI/1 (2011), 912-913.
[9] Francisco,
Exhort. ap. Evangelii gaudium (24 noviembre 2013), n. 178: AAS 105 (2013),
1094, que cita a S. Juan Pablo II, Ángelus con personas con discapacidad en la
Iglesia Catedral de Osnabrück (16 noviembre 1980): Insegnamenti III/2 (1980),
1232.
[10] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 8: AAS 112 (2020), 971.
[11] Ibídem, n.
277: AAS 112 (2020), 1069.
[12] Ibídem, n.
213: AAS 112 (2020), 1045.
[13] Ibídem, n.
213: AAS 112 (2020), 1045, que cita Francisco, Mensaje a los participantes en
la Conferencia internacional “Los derechos humanos en el mundo contemporáneo:
conquistas, omisiones, negaciones” (10 diciembre 2018): L’Osservatore Romano
(10-11 diciembre 2018), 8.
[14] La
Declaración del 1948 de las Naciones Unidas fue desarrollada y posteriormente
profundizada por el Pacto internacional de las Naciones Unidas sobre los
derechos civiles y políticos del 1966 y del Acto final de la Conferencia sobre
la seguridad y la cooperación en Europa del 1975.
[15] Cf. Comisión
Teológica Internacional, Dignidad y derechos de la persona humana (1983),
Introducción, 3. Un compendio de la doctrina católica sobre la dignidad humana
puede encontrarse en el Catecismo de la Iglesia Católica, en el capítulo
titulado “La dignidad de la persona humana”, nn. 1700-1876.
[16] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 22: AAS 112 (2020), 976.
[17] Boecio,
Contra Eutychen et Nestorium, c. 3: PL 64, 1344: «persona est rationalis
naturae individua substantia». Cf. S. Buenaventura, In I Sent., d. 25, a. 1, q.
2; S. Tomás de Aquino, Summa Theologiae, I, q. 29, a. 1, resp.
[18] Puesto que no
es el propósito de esta Declaración elaborar un tratado exhaustivo sobre la
noción de dignidad, en aras de la brevedad sólo se menciona aquí, a modo de
ejemplo, la llamada cultura clásica griega y romana, como punto de referencia
de la reflexión filosófica y teológica de los primeros cristianos.
[19] Cf. por ej.
Cicerón De Officiis I, 105-106: «Sed pertinet ad omnem officii quaestionem
semper in promptu habere, quantum natura hominis pecudibus reliquisque beluis
antecedat […] Atque etiam si considerare volumus, quae sit in natura
excellentia et dignitas, intellegemus, quam sit turpe diffluere luxuria et
delicate ac molliter vivere quamque honestum parce, continenter, severe,
sobrie»; (Scriptorum Latinorum Bibliotecha Oxoninsis, ed. M. Winterbottom,
Oxford 1994, p.43). Esta es la traducción española «incumbe al asunto entero
del deber el tener siempre a la vista cuánto aventaja la naturaleza humana a la
del ganado y las restantes bestias [...] Y también, si queremos considerar qué
son la excelencia y dignidad enraizadas por naturaleza, entenderemos qué burdo
es desgastarse en el vicio y vivir entre melindres y molicie, y qué honorable
hacerlo de modo frugal, sobrio, serio y austero» (Los Deberes, tr. española I.
J. García Pinilla, Biblioteca Clásica Gredos – 414, Madrid 2014).
[20] Cf. S. Pablo
VI, Discurso en la Peregrinación a Tierra Santa: Visita a la Basílica de la
Anunciación en Nazaret (5 enero 1964): AAS 56 (1964), 166-170.
[21] Entre las
innumerables referencias, cf. por ej. S. Clemente de Roma, 1 Clem. 33, 4s: PG
1, 273; Teófilo de Antioquía, Ad Aut. I, 4: PG 6, 1029; S. Clemente de
Alejandría, Strom. III, 42,5-6: PG 8, 1145; VI, 72, 2: PG 9, 293; S. Ireneo de
Lyon, Adv. Haer. V, 6,1: PG 7, 1137-1138; Orígenes, De princ. III, 6,1: PG 11,
333; S. Agustín, De Gen. ad litt. VI, 12: PL 34, 348; De Trin. XIV, 8, 11: PL
42, 1044 – 1405.
[22] S. Tomás de
Aquino, Summa Theologiae, I, q. 29, a. 3, resp.: «persona significat id, quod
est perfectissimum in tota natura, scilicet subsistens in rationali natura».
[23] Basta pensar
en Giovanni Pico della Mirandola y su conocido texto Oratio de hominis
dignitate (1486).
[24] Para un
pensador hebreo como E. Levinas (1906-1995), el ser humano viene cualificado
por su libertad en la medida en que se descubre infinitamente responsable del
otro ser humano.
[25] Algunos
grandes pensadores cristianos del siglo XIX y XX, como S. J.H. Newman, el beato
A. Rosmini, J. Maritain, E. Mounier, K. Rahner, H.‑U. von Balthasar, y otros,
han logrado proponer una visión del hombre que puede dialogar válidamente con
todas las corrientes de pensamiento de nuestro inicio del siglo XXI, cualquiera
que sea su inspiración, incluso postmoderna.
[26] Por este
motivo, la «Declaración universal de los derechos del hombre […] indica
implícitamente que la fuente de los derechos humanos inalienables se sitúa en
la dignidad de toda persona humana»: Comisión Teológica Internacional, En busca
de una ética universal: nueva perspectiva sobre la ley natural (2009), n. 115.
[27] Concilio
Ecuménico Vaticano II, Const. past. Gaudium et Spes (7 diciembre 1965), n. 26:
AAS 58 (1966), 1046; todo el primer capítulo de la primera parte de la
Constitución (nn. 11-22) viene dedicado a la “Dignidad de la persona humana”.
[28] Concilio
Ecuménico Vaticano II, Declar. Dignitatis Humanae (7 diciembre 1965), n. 1: AAS
58 (1966), 929.
[29] Ibídem, n. 2:
AAS 58 (1966), 931.
[30] Congregación
para la Doctrina de la Fe, Instruc. Dignitas personae (8 septiembre 2008), n.
7: AAS 100 (2008), 863. Cf. también S. Ireneo de Lyon, Adv. Haer. V, 16, 2: PG
7, 1167-1168.
[31] Puesto que
«el Hijo de Dios con su encarnación se ha unido, en cierto modo, con todo
hombre.» (Concilio Ecuménico Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes (7
diciembre 1965), n. 22: AAS 58 (1966), 1042), la dignidad de todo hombre nos
viene revelada en su plenitud por Cristo.
[32] Concilio
Ecuménico Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes (7 diciembre 1965), n. 19:
AAS 58 (1966), 1038.
[33] S. Juan Pablo
II, Cart. enc. Evangelium vitae (25 marzo 1995), n. 38: AAS 87 (1995), 443, que
cita S. Ireneo de Lyon, Adv. Haer. IV, 20,7: PG 7, 1037-1038.
[34] De hecho,
Cristo dio a los bautizados una nueva dignidad, la de “hijos de Dios”: cf.
Catecismo de la Iglesia Católica nn. 1213, 1265, 1270, 1279.
[35] Concilio
Ecuménico Vaticano. II, Declar. Dignitatis humanae (7 diciembre 1965), n. 9:
AAS 58 (1966), 935.
[36] Cf. S. Ireneo
de Lyon, Adv. Haer. V, 6, 1. V, 8, 1. V, 16, 2: PG 7, 1136-1138. 1141-1142.
1167-1168; S. Juan Damasceno, De fide orth. 2, 12: PG 94, 917-930.
[37] Benedicto
XVI, Discurso en Westminster Hall (17 septiembre 2010): Insegnamenti VI/2
(2011), 240.
[38] Francisco,
Audiencia general (12 agosto 2020): L’Osservatore Romano (13 agosto 2020), 8,
que cita S. Juan Pablo II, Discurso a la Asamblea General de las Naciones
Unidas (2 octubre1979), 7 y 2 e e Id., Discurso a la Asamblea General de las
Naciones Unidas (5 octubre1995), 2.
[39] Cf.
Congregación para la Doctrina de la Fe, Instruc. Dignitas personae (8
septiembre 2008), n. 8: AAS 100 (2008), 863-864.
[40] Comisión
Teológica Internacional, La libertad religiosa para el bien de todos (2019), n.
38.
[41] Cf. Francisco,
Discurso a los Miembros del Cuerpo Diplomático acreditado ante la Santa Sede
para la presentación de las felicitaciones por el Año Nuevo (8 enero 2024):
L’Osservatore Romano (8 enero 2024), 3.
[42] Cf. S. Juan
Pablo II, Cart. enc. Evangelium vitae (25 marzo 1995), n. 19: AAS 87 (1995),
422.
[43] Francisco,
Cart. enc. Laudato si’ (24 mayo 2015), n. 69: AAS 107 (2015), 875, que cita el
Catecismo de la Iglesia Católica, n. 339.
[44] Francisco, Exhort.
ap. Laudate Deum (4 octubre 2023), n. 67: L’Osservatore Romano (4 octubre
2023), IV.
[45] Ibídem, n.
63: L’Osservatore Romano (4 octubre 2023), IV.
[46] Catecismo de
la Iglesia Católica, n. 1730.
[47] Benedicto
XVI, Mensaje para la celebración de la 44a Jornada mundial por la Paz (1 enero
2011), n. 3 Insegnamenti VI/2 (2011), 979.
[48] Pontificio
Consejo de Justicia y Paz, Compendio de la Doctrina social de la Iglesia, n.
137.
[49] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 109: AAS 112 (2020), 1006.
[50] Pontificio
Consejo de Justicia y Paz, Compendio de la Doctrina social de la Iglesia, n.
137.
[51] Francisco,
Discurso a los participantes al Encuentro mundial de movimientos populares (28
octubre 2014): AAS 106 (2014), 858.
[52] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 107: AAS 112 (2020), 1005-1006.
[53] Concilio
Ecuménico Vaticano II, Const. past. Gaudium et spes (7 diciembre 1965), n. 27:
AAS 58 (1966), 1047.
[54] Ibídem.
[55] Ibídem.
[56] Cf. Catecismo
de la Iglesia Católica, n. 2267 y Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta
a los obispos sobre la nueva redacción del n. 2267 del Catecismo de la Iglesia
Católica sobre la pena de muerte (1 agosto 2018), nn. 7-8.
[57] Francisco, Cart.
enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 269: AAS 112 (2020), 1065.
[58] S. Juan Pablo
II, Cart. enc. Sollicitudo rei socialis (30 diciembre 1987), n. 28: AAS 80
(1988), 549.
[59] Benedicto
XVI, Carta. enc. Caritas in veritate (29 junio 2009), n. 22: AAS 101 (2009),
657, que cita S. Pablo VI, Cart. enc. Populorum progressio (26 marzo 1967), n.
9: AAS 59 (1967), 261-262.
[60] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 21: AAS 112 (2020), 976, que
cita Benedetto XVI, Cart. enc. Caritas in veritate (29 junio 2009), n. 22: AAS
101 (2009), 657.
[61] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 20: AAS 112 (2020), 975-976. Cf.
también la “Oración al Creador” al final de la misma Encíclica.
[62] Ibídem, n.
116: AAS 112 (2020), 1009, que cita Francisco, Discurso a los participantes al
Encuentro mundial de movimientos populares (28 octubre 2014): AAS 106 (2014),
851-852.
[63] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 162: AAS 112 (2020), 1025, que
cita Francisco, Discurso a los miembros del Cuerpo diplomático acreditado ante
la Santa Sede (12 enero 2015): AAS 107 (2015), 265.
[64] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 25: AAS 112 (2020), 978, que
cita Francisco, Mensaje en la 49ª Jornada mundial por la Paz (1 enero 2016):
AAS 108 (2016), 49.
[65] Francisco,
Mensaje a los participantes a la VI Edición del “Fórum de Paris sobre la Paz”
(10 noviembre 2023): L’Osservatore Romano (10 noviembre 2023), 7, que cita Id.,
Audiencia general (23 marzo 2022): L’Osservatore Romano (23 marzo 2022), 3.
[66] Francisco,
Discurso a la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones
Unidas sobre el Cambio Climático (COP 28) (2 diciembre 2023): L’Osservatore
Romano (2 diciembre 2023), 2.
[67] Cf. S. Pablo
VI, Discurso a las Naciones Unidas (4 octubre 1965): AAS 57 (1965), 881.
[68] S. Juan Pablo
II, Cart. enc. Redemptor hominis (4 marzo 1979), n. 16: AAS 71 (1979), 295.
[69] Francisco
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre2020), n. 258: AAS 112 (2020), 1061.
[70] Francisco,
Discurso al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (14 junio 2023):
L’Osservatore Romano (15 junio 2023), 8.
[71] Francisco,
Discurso en la Jornada mundial de Oración por la Paz (20 septiembre 2016):
L’Osservatore Romano (22 septiembre 2016), 5.
[72] Cf.
Francisco, Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 38: AAS 112 (2020),
983: «Por consiguiente, también, “hay que reafirmar el derecho a no emigrar, es
decir, a tener las condiciones para permanecer en la propia tierra”», que cita
Benedicto XVI, Mensaje por la 99ª Jornada mundial del Emigrante y del Refugiado
(12 octubre 2012): AAS 104 (2012), 908.
[73] Cf.
Francisco, Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 38: AAS 112 (2020),
982-983.
[74] Ibídem, n.
39: AAS 112 (2020), 983.
[75] Benedicto
XVI, Cart. enc. Caritas in veritate (29 junio 2009), n. 62: AAS 101 (2009),
697.
[76] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 39: AAS 112 (2020), 983.
[77] Puede ser
útil aquí recordar la declaración de Pablo III sobre la dignidad de los hombres
que se encuentran en las tierras del “Nuevo Mundo” en la Bulla Pastorale
officium (29 mayo1537), donde establece – bajo pena de excomunión – que los
habitantes de aquellos territorios, «incluso si se encuentran fuera del seno de
la Iglesia no estén privados […] de su libertad o del dominio sobre sus bienes,
puesto que son hombres y por eso capaces de fe y salvación» [«licet extra
gremium Eccelesiae existant, non tamen sua libertate, aut rerum suarum dominio
[…] privandos esse, et cum homines, ideoque fidei et salutis capaces sint»]: DH
1495.
[78] Francisco,
Discurso a los participantes a la Plenaria del Pontificio Consejo de la
Pastoral para los Emigrantes y los Itinerantes (24 mayo 2013): AAS 105 (2013),
470-471.
[79] Francisco,
Discurso a la Organización de las Naciones Unidas (25 septiembre 2015): AAS 107
(2015), 1039.
[80] Francisco,
Discurso a un grupo de Embajadores con ocasión de la presentación de las Cartas
Credenciales (12 diciembre 2013): L’Osservatore Romano (13 diciembre 2013), 8.
[81] Francisco,
Discurso a los participantes en la Conferencia internacional sobre la trata de
personas (11 abril 2019): AAS 111 (2019), 700.
[82] Documento
Final de la XV Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos, (27
octubre 2018), n. 29.
[83] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 23: AAS 112 (2020), 977, que
cita Id., Exhort. ap. Evangelii gaudium (24 noviembre 2013), n. 212: AAS 105
(2013), 1108.
[84] S. Juan Pablo
II, Carta a las mujeres (29 junio 1995), n. 4: Insegnamenti XVIII/1 (1997),
1874.
[85] Ibídem, n. 5:
Insegnamenti XVIII/1 (1997), 1875.
[86] Catecismo de
la Iglesia Católica, n. 1645.
[87] Francisco,
Discurso con ocasión de la Celebración Mariana – Virgen De La Puerta (20 enero
2018): AAS 110 (2018), 329.
[88] Francisco,
Discurso a los participantes en la Asamblea Plenaria de la Congregación para la
Doctrina de la Fe (21 enero 2022): L’Osservatore Romano (21 enero 2022), 8.
[89] S. Juan Pablo
II, Cart. enc. Evangelium vitae (25 marzo 1995), 58: AAS 87 (1995), 466-467.
Sobre el tema del respeto debido a los embriones humanos, se vea tema del
respeto debido a los embriones humanos, Congregación para la Doctrina de la Fe,
Instruc. Donum vitae (22 febrero 1987): «La praxis de mantener en vida
embriones humanos, in vivo o in vitro, para fines experimentales o comerciales,
es completamente contraria a la dignidad humana» (I, 4): AAS 80 (1988), 82
[90] Francisco,
Exhort. ap. Evangelii gaudium (24 noviembre 2013), 213: AAS 105 (2013), 1108.
[91] Ibídem.
[92] Francisco,
Discurso a los miembros del Cuerpo Diplomático acreditado ante la Santa Sede
para la presentación de las felicitaciones por el Año Nuevo (8 enero 2024):
L’Osservatore Romano (8 enero 2024), 3.
[93] Cf.
Congregación para la Doctrina de la Fe, Instruc. Dignitas Personae (8
septiembre 2008), n. 16: AAS 100 (2008), 868-869. A todos estos aspectos se
refiere precisamente la Instrucción de la entonces Congregación para la
Doctrina de la Fe titulada Donum vitae (22 febrero 1987): AAS 80 (1988),
71-102.
[94] Congregación
para la Doctrina de la Fe, Cart. Samaritanus bonus (14 julio 2020), V, n. 4:
AAS 112 (2020), 925.
[95] Cf. Ibídem,
V, n.1: AAS 112 (2020), 919.
[96] Francisco,
Audiencia general (9 febrero 2022): L’Osservatore Romano (9 febrero 2022), 3.
[97] Cf. sobre
todo, Francisco, Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), nn. 18-21: AAS 112
(2020), 975-976: “El descarte mundial”. El n. 188 de la misma Encíclica llega a
identificar una “cultura del descarte”.
[98] Cf.
Francisco, Discurso a los participantes al Congreso promovido por el Pontificio
Consejo para la Promoción de la Nueva Evangelización (21 octubre 2017):
L’Osservatore Romano (22 octubre 2017), 8: «La vulnerabilidad pertenece a la
esencia del ser humano».
[99] Cf.
Francisco, Mensaje para el Día internacional de las personas con discapacidad
(3 diciembre 2020): AAS 112 (2020), 1185-1186.
[100] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), nn. 187-188: AAS 112 (2020),
1035-1036, que cita Id., Discurso al Parlamento Europeo, Strasburgo (25
noviembre 2014): AAS 106 (2014), 999, e Id., Discurso a la clase dirigente y al
Cuerpo diplomático, Bangui – República Centroafricana (29 noviembre 2015): AAS
107 (2015) 1320.
[101] Francisco,
Exhort. ap. Amoris laetitia (19 marzo 2016), n. 250: AAS 108 (2016), 412-413,
que cita el Catecismo de la Iglesia Católica, n. 2358.
[102] Francisco,
Discurso a los miembros del Cuerpo Diplomático acreditado ante la Santa Sede
para la presentación de felicitaciones por el Año Nuevo (8 enero 2024):
L’Osservatore Romano (8 enero 2024), 3.
[103] Francisco,
Exhort. ap. Amoris laetitia (19 marzo 2016), n. 56: AAS 108 (2016), 334.
[104] Ibídem, que
cita XIV Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos, Relatio finalis
(24 octubre 2015), 58.
[105] Francisco,
Exhort. ap. Amoris laetitia (19 marzo 2016), n. 286: AAS 108 (2016), 425.
[106] Catecismo de
la Iglesia Católica, n. 364.
[107] Esto vale
también para el respeto debido a los cuerpos de los difuntos; cf. por ej.,
Congregación para la Doctrina de la Fe, Instruc. Ad resurgendum cum Christo (15
agosto 2016), n. 3: AAS 108 (2016), 1290: «Enterrando los cuerpos de los fieles
difuntos, la Iglesia confirma su fe en la resurrección de la carne, y pone de
relieve la alta dignidad del cuerpo humano como parte integrante de la persona
con la cual el cuerpo comparte la historia». De modo más completo, cf. también,
Comisión Teológica Internacional Algunas cuestiones actuales de escatología
(1990), n. 5: “El hombre llamado a la resurrección”.
[108] Cf.
Francisco, Cart. enc. Laudato si’ (24 maggio 2015), n. 155: AAS 107 (2015),
909.
[109] Francisco,
Exhort. ap. Amoris laetitia (19 marzo 2016), n. 56: AAS 108 (2016), 344.
[110] Francisco,
Exhort. ap. Christus vivit (25 marzo 2019), n. 88: AAS 111 (2019), 413, que
cita el Documento Final de la XV Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los
Obispos (27 octubre 2018), n. 23.
[111] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 42: AAS 112 (2020), 984.
[112] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 205: AAS 112 (2020), 1042, que
cita Id., Mensaje para la XLVIII Jornada mundial de las Comunicaciones Sociales
(24 enero 2014): AAS 106 (2014), 113.
[113] Francisco,
Ángelus (10 diciembre 2023): L’Osservatore Romano (11 diciembre 2023), 12.
[114] Cf. Comisión
Teológica Internacional, Dignidad y derechos de la persona humana (1983), n. 2.
[115] Francisco,
Cart. enc. Fratelli tutti (3 octubre 2020), n. 195: AAS 112 (2020), 1038, che
cita Id., Exhort. ap. Evangelii gaudium (24 noviembre 2013), n. 274: AAS 105
(2013), 1130.
[116] Francisco,
Cart. enc. Laudato si’ (24 mayo 2015), n. 205: AAS 107 (2015), 928.
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